VISTO:
Las atribuciones otorgadas al Consejo Directivo por el Art. 14 e)
Lo resuelto por la Asamblea General Ordinaria de la Caja, realizada el 30 de Mayo de 2014 realizada en la ciudad de Cipolletti que resuelve que “El Consejo Directivo establezca el mecanismo de ajuste de aportes y los plazos en que se aplicará.”
CONSIDERANDO:
Que lo resuelto en la Asamblea tiene como principal objetivo preservar y proteger el valor del aporte y por ende los fondos previsionales de los afiliados;
Que el Consejo Directivo y el Consejo de Administración, en reunión plenaria trataron el mecanismo de aumento, en cumplimiento de lo resuelto por la Asamblea de la Caja;
Por lo que:
El Consejo de Administración de la Caja Previsional
y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas
de la Provincia de Río Negro
RESUELVE:
Artículo 1º: Aumentar los aportes de la escala de Aportes Previsionales en forma trimestral, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año, aplicados sobre las cuotas de dichos meses, cuyos vencimientos de pago se producen en los meses inmediatos siguientes.
Artículo 2º: Establecer que el porcentaje de aumento de la Escala de Aportes Previsionales se determinará en reunión plenaria del Consejo Directivo y Consejo de Administración, emitiéndose la resolución respectiva indicando el porcentaje aplicado en cada caso.
Artículo 3º: Los afiliados adheridos al Débito automático deberán notificar de forma fehaciente la interrupción de su adhesión. En caso contrario se considerará por autorizado el débito de los nuevos valores.
Artículo 4º: A los efectos que correspondan, dése a publicidad en el Boletín oficial de la Provincia de Río Negro, en la página web del C.P.C.E.R.N. Cumplido, archívese.
Cipolletti, 11 de Junio de 2014
Consejo Directivo
Consejo de Administración