VISTO:
Las atribuciones otorgadas al Consejo Directivo por el Art. 14 e.
Lo establecido en la resolución N° 40 del Consejo Directivo y de Administración respecto a fijar el porcentaje de aumento trimestral en la escala de aportes previsionales;
CONSIDERANDO:
Que nuevamente es necesario analizar los valores de las distintas categorías de aporte de los afiliados.
Que el aporte que efectúe el afiliado en su etapa activa determinará el haber a recibir en su etapa pasiva y como consecuencia el mismo debe reflejar los cambios que se produzcan en la economía;
Por lo que:
El Consejo de Administración de la Caja Previsional
y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas
de la Provincia de Río Negro
RESUELVE:
Artículo 1º: Establecer en el 25,0% el aumento correspondiente al trimestre que inicia en el mes de diciembre de 2022.
Artículo 2º:
Aprobar las escalas de Capital Técnico y Gastos detalladas en el Anexo I que es parte integrante de esta resolución.
Artículo 3º:
Fijar el importe del seguro en el valor expresado en la escala adjunta del Anexo I de acuerdo con la normativa vigente.
Artículo 4º:
A los efectos que correspondan, dése a publicidad en la página web de La Caja. Cumplido, archívese.
Cipolletti, 22 de diciembre de 2022
Consejo Directivo
Consejo de Administración

ANEXO I
De la Resolución Nº 91
Caja Previsional y de Seguridad Social para los profesionales de
Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro
ESCALA: VIGENCIA DICIEMBRE 2022 - FEBRERO 2023
AUMENTO 25% |
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AUMENTO 25% |
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|
|
1,25 |
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|
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|
1,25 |
APORTE AL 100 % |
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APORTE AL 50 % - Res. Nº 27 |
CAT. |
EDAD |
AP. FIJO |
GASTOS |
SEGURO |
TOTAL |
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CAT. |
EDAD |
AP. FIJO |
GASTOS |
SEGURO |
TOTAL |
1 |
25-29 |
13.362,00 |
2.004,30 |
1.212,00 |
16.578,30 |
|
1 |
25-29 |
6.681,00 |
2.004,30 |
1.212,00 |
9.897,30 |
2 |
30-34 |
16.738,00 |
2.510,70 |
1.212,00 |
20.460,70 |
|
2 |
30-34 |
8.369,00 |
2.510,70 |
1.212,00 |
12.091,70 |
3 |
35-39 |
22.077,00 |
3.311,55 |
1.212,00 |
26.600,55 |
|
3 |
35-39 |
11.038,50 |
3.311,55 |
1.212,00 |
15.562,05 |
4 |
40-44 |
28.731,00 |
4.309,65 |
1.212,00 |
34.252,65 |
|
4 |
40-44 |
14.365,50 |
4.309,65 |
1.212,00 |
19.887,15 |
5 |
45-49 |
40.060,00 |
6.009,00 |
1.212,00 |
47.281,00 |
|
5 |
45-49 |
20.030,00 |
6.009,00 |
1.212,00 |
27.251,00 |
6 |
50 |
58.898,00 |
8,834,70 |
1.212,00 |
68.944,70 |
|
6 |
50 |
29.449,00 |
8,834,70 |
1.212,00 |
39.495,70 |
- La Edad de Ingreso a la Caja, marca la escala en la que se aportará hasta el momento de la Jubilación.
- Resolución Nº27, opción de aportar el 50% de Capital Técnico.
- Resolución Nº83, para los nuevos matriculados, a partir de enero 2022: el profesional podrá computar a su favor la cantidad de años de aportes realizados a otro sistema previsional.
Dichos años de aporte, restados de su edad, al momento de la afiliación, determinan un nuevo rango etario a los efectos de determinar el valor de su aporte a Nuestra Caja.
El profesional deberá demostrar los años de aportes realizados en el régimen que invoca.
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