VISTO:
Las atribuciones otorgadas al Consejo Directivo por el Art. 14 e.
Lo establecido en la resolución N° 40 del Consejo Directivo y de Administración respecto a fijar el porcentaje de aumento trimestral en la escala de aportes previsionales;
CONSIDERANDO:
Que nuevamente es necesario analizar los valores de las distintas categorías de aporte de los afiliados.
Que el aporte que efectúe el afiliado en su etapa activa determinará el haber a recibir en su etapa pasiva y como consecuencia el mismo debe reflejar los cambios que se produzcan en la economía;
Por lo que:
El Consejo de Administración de la Caja Previsional
y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas
de la Provincia de Río Negro
RESUELVE:
Artículo 1º: Establecer en el 18,0% el aumento correspondiente al trimestre que inicia en el mes de septiembre de 2022.
Artículo 2º:
Aprobar las escalas de Capital Técnico y Gastos detalladas en el Anexo I que es parte integrante de esta resolución.
Artículo 3º:
Fijar el importe del seguro en el valor expresado en la escala adjunta del Anexo I de acuerdo con la normativa vigente.
Artículo 4º:
A los efectos que correspondan, dése a publicidad en la página web de La Caja. Cumplido, archívese.
Cipolletti, 28 de septiembre de 2022
Consejo Directivo
Consejo de Administración

ANEXO I
De la Resolución Nº 88
Caja Previsional y de Seguridad Social para los profesionales de
Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro
ESCALA: VIGENCIA SEPTIEMBRE 2022 - NOVIIEMBRE 2022
AUMENTO 18% |
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AUMENTO 18% |
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|
1,80 |
|
|
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|
|
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1,80 |
APORTE AL 100 % |
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APORTE AL 50 % - Res. Nº 27 |
CAT. |
EDAD |
AP. FIJO |
GASTOS |
SEGURO |
TOTAL |
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CAT. |
EDAD |
AP. FIJO |
GASTOS |
SEGURO |
TOTAL |
1 |
25-29 |
10.690,00 |
1.603,50 |
1.082,00 |
13.375,50 |
|
1 |
25-29 |
5.345,00 |
1.603,50 |
1.082,00 |
8.030,50 |
2 |
30-34 |
13.391,00 |
2.008,65 |
1.082,00 |
16.481,65 |
|
2 |
30-34 |
6.695,50 |
2.008,65 |
1.082,00 |
9.786,15 |
3 |
35-39 |
17.662,00 |
2.649,30 |
1.082,00 |
21.393.30 |
|
3 |
35-39 |
8.831,00 |
2.649,30 |
1.082,00 |
12.562.30 |
4 |
40-44 |
22.985,00 |
3.447,75 |
1.082,00 |
27.514,75 |
|
4 |
40-44 |
11.492,50 |
3.447,75 |
1.082,00 |
16.022,25 |
5 |
45-49 |
32.048,00 |
4.807,20 |
1.082,00 |
37.937,20 |
|
5 |
45-49 |
16.024,00 |
4.807,20 |
1.082,00 |
21.913,20 |
6 |
50 |
47.119,00 |
7.067,85 |
1.082,00 |
55.268,85 |
|
6 |
50 |
23.559,50 |
7.067,85 |
1.082,00 |
31.709,35 |
- La Edad de Ingreso a la Caja, marca la escala en la que se aportará hasta el momento de la Jubilación.
- Resolución Nº27, opción de aportar el 50% de Capital Técnico.
- Resolución Nº83, para los nuevos matriculados, a partir de enero 2022: el profesional podrá computar a su favor la cantidad de años de aportes realizados a otro sistema previsional.
Dichos años de aporte, restados de su edad, al momento de la afiliación, determinan un nuevo rango etario a los efectos de determinar el valor de su aporte a Nuestra Caja.
El profesional deberá demostrar los años de aportes realizados en el régimen que invoca.
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