Acta Nro 60

Acta de Consejo Directivo de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro

En la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, a los 11 días del mes de Noviembre de 2003, siendo las 20:00 horas se reúne el Consejo de Administración de la Caja Previsional y de Seguridad Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, sito en Italia 235 de la ciudad de Cipolletti, con la presencia del presidente del Consejo Directivo Cr. Javier M. Fernández, Presidente del Consejo de Administración el Cr. Emilio Perticarini, el Cr. Miguel A. Manuel, el Cr. Jorge Giongo, el Cr. Oscar Manzano, el Cr. Guillermo Pons, y la Cra. Maria Elena Sánchez para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1. Lectura y aprobación del Acta anterior.
2. Exención Jóvenes profesionales. Resolución Nº 4.
3. Planes de Pago. Resolución Nº 5.

PRIMERO: Se da lectura al acta anterior, la que es aprobada por unanimidad.

SEGUNDO: Se toma conocimiento de la resolución Nº 4 que reglamenta la metodología para optar por la exención que beneficia a los jóvenes profesionales, la que ya ha sido debatida y consensuada, por lo que es aprobada por unanimidad.

RESOLUCIÓN Nº 4

VISTO:
Las atribuciones otorgadas al Consejo Directivo por el Art. 14º inc. a),y s); y al Consejo de Administración por el Art. 16 inc. a) y h); y

CONSIDERANDO:
Que entre las modificaciones al Estatuto de LA CAJA aprobadas por la Asamblea General Extraordinaria llevada a cabo el 31 de Mayo de 2003, en San Carlos de Bariloche, se encuentra la exención del pago de aportes a los Jóvenes Profesionales que cumplan determinados requisitos, dispuesta en el último párrafo del Art. 26 del Estatuto modificado.

Que paralelamente a la modificación mencionada, la Asamblea facultó al Consejo Directivo y al Consejo de Administración, para poner en vigencia dicha exención e instrumentar su aplicación redactando la resolución respectiva.

Que dicho beneficio se encuentra destinado a aliviar los costos de los jóvenes profesionales, que inician su actividad.

Por ello:
El Consejo Directivo y el Consejo de Administración de la Caja Previsional
y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro
RESUELVEN

Artículo 1º:
Establecer el procedimiento que deberá cumplirse a los efectos de realizar la opción prevista en el último párrafo del Art. 26 del Estatuto.

Artículo 2º:
El afiliado que cumpla con los requisitos establecido en el último párrafo del Art. 26 del Estatuto, deberá:
a) Presentar una nota en la que deberá constar su manifestación expresa de la opción, especificar los períodos beneficiados por la exención y dejando expresa constancia de su renuncia a que se le acrediten fondos a su cuenta individual por dichos períodos.
b) Estar al día con el pago de sus aportes Previsionales a LA CAJA o en su defecto con su situación regularizada mediante el acogimiento a un plan de pago vigente.

Artículo 3º:
El afiliado beneficiario de la exención deberá abonar exclusivamente el importe correspondiente al seguro por los períodos eximidos a los efectos de gozar de la cobertura por muerte o invalidez.

Artículo 4º:
Los afiliados que a la fecha de puesta en vigencia de la presente Resolución cumplan con los requisitos exigidos en el artículo 26 último párrafo del Estatuto, podrán solicitar la exención correspondiente.

Artículo 5º:
Esta Resolución entrará en vigencia dentro de los 30 días de su aprobación por el Consejo Directivo.

Artículo 6º: Comuníquese, y dese a publicidad en el Boletín Oficial, en la Web de LA CAJA y del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Río Negro. Cumplido, archívese.

Cipolletti, 11 de Noviembre de 2003
CONSEJO DIRECTIVO Y CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

TERCERO: Se toma conocimiento de la resolución Nº 5 que establece un régimen de regularización de deuda. Su normativa fue discutida ampliamente por las autoridades de la Caja y acordada junto a las modificaciones pertinentes en el sistema y en las boletas. Por lo expuesto se pone a consideración y es aprobada por unanimidad.

RESOLUCIÓN Nº 5

VISTO:
Las atribuciones otorgadas al Consejo de Administración por el Art. 16º inciso. a), h); y

CONSIDERANDO:
Que las condiciones económicas generales han retomado razonablemente los carriles de normalidad necesarios en toda actividad económica.

Que a pesar de la estabilidad reflejada en la mayoría de los indicadores económicos, no es menos cierto que se ha generado un deterioro importante en el ingreso real del sector servicios de la economía, afectando notoria y específicamente a los profesionales en Ciencias Económicas que no han visto reflejada aquella estabilidad en el nivel de honorarios cobrados.

Que esta situación ha provocado que una gran cantidad de afiliados a LA CAJA mantengan a la fecha, saldos impagos por aportes previsionales, gastos, seguro e intereses, que superan su real capacidad de pago mensual y la posibilidad de cancelación total de la deuda contraída.

Que recientemente se ha llegado a un acuerdo con el Sistema Previsional creado por el Colegio de Graduados de la Ciudad de General Roca, definiendo la situación de un grupo de afiliados que permitirá realizar un saneamiento de las cuentas previsionales a cobrar.

Que por Resolución Nº 3 de LA CAJA se dispuso que el afiliado en mora que regularice su situación, pueda recuperar parte de la rentabilidad que por su falta de pago de aportes no acumuló en su cuenta individual, mediante la capitalización de un porcentaje del interés punitorio efectivamente pagado.

Que a los efectos de que los afiliados puedan acceder a dicho beneficio, es necesario establecer un régimen de regularización general y amplio, por cuotas de aporte previsional, gastos, seguro e intereses adeudados.

Que cualquier plan de pagos que se instrumente que no contenga la real capacidad de pago de los afiliados, estará signado al fracaso indefectible, por lo que es necesario establecer un régimen de cuotas acordes a la posibilidad de pago real de los afiliados, permitiéndose abonar como mínimo, una cuota equivalente al aporte previsional de su categoría, más un importe adicional que sea aplicado a cancelar una parte proporcional de su deuda consolidada.

Que a ese fin, deberá procederse a consolidar la totalidad de la deuda, desagregando en forma absoluta y relativa los distintos componentes: aportes de capital, seguro de vida, gastos administrativos e intereses.

Que esta desagregación de la deuda consolidada y el mecanismo de imputación de pagos, requieren establecer un máximo en la cantidad de cuotas a otorgar, teniendo en cuenta la edad jubilatoria del afiliado y la proporción de amortización del capital destinada a cancelar la deuda por aporte previsional consolidado.

Que tomó intervención técnica en la concepción del presente Régimen General de Regularización de Deudas el actuario de LA CAJA, Dr. Eduardo Melinsky.

Por ello
El Consejo de Administración de la Caja Previsional
y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro
RESUELVE:

Régimen de Regularización de Deudas. (SUPERPLAN)
Artículo 1º:
Establecer un Régimen de Regularización de Deudas, en adelante SUPERPLAN, el que se regirá por las disposiciones de la presente resolución.

Artículo 2º:
Los afiliados que mantengan deudas por capital de aportes previsionales, seguro de vida, gastos administrativos e intereses, deberán solicitar por nota a la Administración de LA CAJA el acogimiento al SUPERPLAN.
Fecha de vigencia y consolidación del Plan.

Artículo 3:
El presente régimen de regularización de deudas tendrá vigencia hasta el 31 de Marzo de 2004, fecha hasta la cual los afiliados podrán solicitar su inclusión al régimen.
La consolidación de la deuda se efectuará el último día del mes inmediato anterior a la fecha de la nota de pedido de acogimiento o hasta el 31 de Marzo de 2004, la que fuere anterior.
Monto de deuda consolidada. Desagregación. Determinación de la nueva cuota a abonar. Forma de imputación.

Artículo 4º:
Determinada la deuda consolidada, se segregarán los importes que correspondan por cada concepto adeudado, (capital por aporte previsional, seguro, gastos administrativos e intereses) determinándose una participación porcentaual por cada uno de ellos, los que permanecerán invariables en tanto el cumplimiento del plan se mantenga en forma regular.

El importe total de la nueva cuota mensual a abonar incluirá el aporte mensual obligatorio del mes más un importe adicional que será aplicado a cancelar la deuda consolidada, imputándose este importe en forma proporcional, según los porcentajes establecidos en el párrafo anterior.
La imputación y aplicación a la cuenta individual del importe adicional se efectuará por períodos completos, sin fracciones y como máximo dos veces al año: 30 de Junio (opcional) y 31 de Diciembre de cada año (obligatorio). Las freacciones que queden sin imputar serán corregidas e imputadas en la siguiente aplicación.

Sistema de amortización. Límite de cuotas
Artículo 5º
La determinación de la cuota adicional se efectuará utilizando el sistema de amortización francés.
A los efectos de determinar el importe adicional de cuota previsto en el artículo anterior, deberá considerarse la edad jubilatoria del afiliado de modo que en ningún caso el vencimiento de la última cuota del SUPERPLAN supere la fecha jubilatoria menos 12 meses.

Artículo 6º:
Paralelamente al límite de cuotas establecido en el artículo anterior, deberá considerarse que la cuota de amortización determinada por el sistema francés calculado sobre la deuda consolidada, no deberá ser menor al importe de interés calculado sobre el saldo de deuda de forma tal que exista una cancelación efectiva aplicado al capital y no sea absorbido para el pago de intereses de financiación.

Tasa de Interés aplicable
Artículo 7º:
La tasa de interés de consolidación y financiación serán las establecidas mediante la Resolución Nº 3 y sucesivas modificatorias.

Imputación de pagos
Artículo 8º:
Los pagos efectuados de importes adicionales según lo establecido en el artículo 4º serán imputados y aplicados de acuerdo al mecanismo previsto en el artículo 5º en forma definitiva, no generándose recálculos de ninguna naturaleza, aún cuando el afiliado dejara de pagar con posterioridad.

Falta de pagos en las cuotas del Plan. Efectos.
Artículo 9º:
Los afiliados que se adhieran al SUPERPLAN y que dejaren de pagar durante la vigencia del mismo, serán intimados a regularizar su situación de mora, cuando registren tres períodos consecutivos impagos. Podrán re-encauzar el SUPERPLAN original debiendo abonar un cargo administrativo de Pesos Sesenta ($ 60,-), considerándose los pagos efectuados según lo establecido en el artículo anterior, procediéndose al recálculo de la cuota adicional del artículo 4º.

Artículo 10º:
Aquellos afiliados que, habiendo sido intimados a regularizar su situación y no lo efectúen dentro de los treinta días de recibida la notificación, abrirán la vía ejecutiva de cobro por vía de apremio, previsto en el Estatuto en su artículo 31º. El Consejo de Administración de LA CAJA emitirá el certificado de deuda correspondiente para iniciar el cobro por vía judicial .

Artículo 11º:
A los afiliados que al 31 de Marzo de 2004 no hayan regularizado su situación de mora mediante el pago total de su deuda o mediante el acogimiento del presente Régimen de Regularización de Deuda, le serán aplicables las disposiciones del artículo anterior, dejando abierta la vía ejecutiva de cobro por apremio.

Artículo 12º:
A los efectos que correspondan, dése a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro, en la página web del C.P.C.E.R.N. Cumplido, archívese.

Cipolletti, 11 de Noviembre de 2003
Consejo de Administración

No habiendo más temas que tratar, y siendo las 21:00 hs.,se da por concluida la reunión.

Acta Nro 61

Acta de Consejo Directivo de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro

En la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, a los 19 días del mes de Diciembre de 2003, siendo las 20:00 horas se reúne el Consejo de Administración de la Caja Previsional y de Seguridad Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, sito en Italia 235 de la ciudad de Cipolletti, con la presencia del presidente del Consejo Directivo Cr. Javier M. Fernández, Presidente del Consejo de Administración el Cr. Emilio Perticarini, el Cr. Jorge Giongo, el Cr. Oscar Manzano, el Cr. Guillermo Pons, y la Cra. Silvia Crespo para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1. Designación de secretario/a de actas de la reunión
2. Lectura y Aprobación del acta anterior.
3. Informes de Plazos Fijos y Saldos Bancarios.
4. Informe sobre el Acta Acuerdo con el Sistema Previsional de General Roca.
5. Modificaciones al sistema de emisión de facturación. Implicancia.
6. Implementación del Plan de Regularización de deudas.

PRIMERO: Toma la palabra el Cr. Emilio Perticarini y mociona que la Cra. Silvia Crespo sea la secretaria de actas de la reunión, lo que es aprobado por unanimidad.

SEGUNDO: Se da lectura al acta anterior, la que es aprobada por unanimidad.

TERCERO: Se presenta el Informe de Plazos Fijos y Saldos Bancarios de la Caja, se toma conocimiento, y el Cr. Emilio Perticarini responde a las aclaraciones solicitadas por los presentes.

CUARTO: Se informa que se envió a las autoridades del Sistema Previsional para Profesionales Universitarios de la Provincia de Río Negro, el acta final del acuerdo en la que se encuentra transcripto el listado de los profesionales que optaron por uno y otro régimen. Si manifiestan su acuerdo se procederá a su firma y se remitirá al Superior Tribunal de Justicia para incorporarlo al expediente.

QUINTO: El Cr. Emilio Perticarini informa que con el objeto de lograr una administración más eficiente de las cuotas de los afiliados, se han efectuado modificaciones al sistema de emisión de facturas que implican cambios en la forma de imputaciones de los conceptos, y crea ciertas limitaciones a los montos que se permiten abonar, lo que luego de su implementación redundará en un mejor manejo de las cuentas corrientes. Se ha evaluado, volcar estos procedimientos en una Resolución, de la que se encuentra redactado un primer borrador, que será completado y presentado al Consejo de Administración.

SEXTO: La Resolución Nº 5 aprobada en la reunión anterior ha puesto en vigencia un Plan de Regularización de Deudas. Para la implementación del mismo se ha solicitado una modificación del soft, a los Licenciados Repetto y Castro. Los mismos han presentado un simulador en una planilla de excel que permite realizar los cálculos en forma provisoria, hasta que instalen el sistema definitivo, lo que será a la brevedad.

No habiendo mas temas por tratar y siendo las 21:00 hs.,se da por concluida la reunión.

Acta Nro 62

Acta de Consejo Directivo de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro

En la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, a los 24 días del mes de Febrero de 2004, siendo las 19:30 horas se reúne el Consejo de Administración de la Caja Previsional y de Seguridad Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, sito en Italia 235 de la ciudad de Cipolletti, y el Consejo Directivo de la Caja, con la presencia de los contadores: Javier M. Fernández; Ana María Nápoli; Emilio Perticarini; Guillermina Santomauro; Jorge Giongo, Isidoro Zaz, Guillermo Pons, Miguel Manuel, Silvia Crespo y la Srita. Mónica Taramelli administrativa de la Caja, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1. Designación de secretario/a de actas de la reunión
2. Lectura y Aprobación del acta anterior.
3. Informes de Plazos Fijos y Saldos Bancarios.
4. Implementación del sistema de Préstamos.
5. Planes de Pago – Seguros Acta
6. Cálculo de los Intereses.

PRIMERO: Toma la palabra el Cr. Emilio Perticarini y mociona que la Cra. Silvia Crespo sea la secretaria de actas de la reunión, lo que es aprobado por unanimidad.

SEGUNDO: Se da lectura al acta anterior, la que es aprobada por unanimidad.

TERCERO: Se presenta el Informe de Plazos Fijos y Saldos Bancarios de la Caja, se toma conocimiento.

CUARTO: Los presentes tienen el proyecto de Reglamento de Préstamos, el que es tratado puntualmente, y se va modificando en función de las sugerencias debatidas y consensuadas entre los presentes.

Dado lo avanzado de la hora, se posponen los temas siguientes para una próxima reunión, y siendo las 22:00 hs.,se da por concluida la reunión.

Acta Nro 63

Acta de Consejo Directivo de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro

En la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, a los 25 días del mes de Marzo de 2004, siendo las 19:30 horas se reúne el Consejo de Administración de la Caja Previsional y de Seguridad Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, sito en Italia 235 de la ciudad de Cipolletti, y el Consejo Directivo de la Caja, con la presencia de los contadores: Javier M. Fernández; Ana María Nápoli; Emilio Perticarini; Guillermina Santomauro; Jorge Giongo, Isidoro Zaz, Guillermo Pons, Miguel Manuel, Silvia Crespo y la Srita. Mónica Taramelli administrativa de la Caja, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1. Designación de secretario/a de actas de la reunión
2. Lectura y Aprobación del acta anterior.
3. Informes de Plazos Fijos y Saldos Bancarios.
4. Seguro de Vida para préstamos.
5. Resolución Nº 7- Implementación de Préstamos para Afiliados

PRIMERO: Toma la palabra el Cr. Emilio Perticarini y mociona que la Cra. Silvia Crespo sea la secretaria de actas de la reunión, lo que es aprobado por unanimidad.

SEGUNDO: Se da lectura al acta anterior, la que es aprobada por unanimidad.

TERCERO: Se presenta el Informe de Plazos Fijos y Saldos Bancarios de la Caja, se toma conocimiento.

CUARTO: El Cr. Emilio Perticarini informa que se recibió la cotización de seguro de vida colectivo para tomadores de préstamos, solicitada a C.N.P. compañía de seguros. El mencionado seguro, tiene la cobertura sobre saldo adeudado con un costo de $ 0,69 por cada $1.000,- de capital asegurado. El mecanismo de informe será igual al aplicado para el seguro previsional, es decir mensualmente se enviará la nómina de asegurados con el detalle del monto y el importe mensual del seguro. Luego de intercambiar ideas, se decide tomar el seguro en la compañía C.N.P ASSURANCEE

QUINTO: Se pone en tratamiento la Resolución Nº 7 de Implementación de los Préstamos a los Afiliados, que incluye el Reglamento de Préstamos. La misma fue confeccionada y debatida en reuniones previas, por lo que se aprueba por unanimidad.

La misma se transcribe a continuación.

RESOLUCIÓN Nº 7

VISTO:
Las atribuciones otorgadas al Consejo Directivo por el Art. 14º inc. l),y q); y al Consejo de Administración por el Art. 16 inc. j) ; k); y t)

CONSIDERANDO:
Que la Asamblea de socios apoyó la propuesta del Consejo Directivo de diversificar las inversiones de los fondos;

Que también se apoyó la idea de otorgar préstamos a los afiliados, uniendo el doble propósito de obtener una renta sobre los fondos invertidos, y favorecer a los afiliados con tasas de interés más bajas que las existentes en el mercado.

Por ello:
El Consejo Directivo y el Consejo de Administración de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro
RESUELVE:

Artículo 1º: Establecer los siguientes tipos de préstamos a sus afiliados, a partir del 1º de Abril de 2004.
I. Profesional
II. Iniciación
III. Para Asistencia a Eventos de la Profesión.

Artículo 2º: Aprobar el Reglamento de Préstamos que se adjunta a la presente Resolución y es parte integrante de la misma.

Artículo 3º: La tasa de interés fijada para los préstamos a afiliados es de 12.57% anual. (2/3 de la TNA Cartera General del Banco Nación Argentina al 2/04/2004).

Artículo 4: Comuníquese, y dese a publicidad en el Boletín Oficial, en la Web de LA CAJA y del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Río Negro. Cumplido, archívese.

Cipolletti, 25 de Marzo de 2004
CONSEJO DIRECTIVO Y CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
REGLAMENTO DE CRÉDITOS PARA AFILIADOS ACTIVOS

ANEXO A
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1º:
Institúyanse las líneas de préstamos detalladas en el Título II del presente reglamento, para ser otorgados a los afiliados en actividad de la Caja de Seguridad Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, en adelante LA CAJA, de acuerdo con la autorización emanada de la Asamblea celebrada el 31 de Mayo de 2003, y sujeto a lo establecido en este reglamento.

ARTICULO 2º:
El Consejo de Administración de LA CAJA establecerá un monto asignado a esta operatoria, y el cupo disponible para cada tipo de préstamo.

ARTICULO 3º:
El monto de los préstamos, las cuotas de amortización, los intereses y gastos administrativos se calcularán y harán efectivos en moneda de curso legal, y se regirán por la escala que como Anexo B forma parte integrante del presente reglamento.

ARTICULO 4º:
Son condiciones para ser adjudicatario de un crédito:
a) No tener deuda de aportes con LA CAJA o tenerla incluida en un plan de pago activo y vigente.
b) No tener obligaciones vencidas con el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro a la fecha de solicitud u otorgamiento del préstamo, la que fuere posterior, o tenerla incluida en un plan de pago activo y vigente.
c) No hallarse cumpliendo sanciones aplicadas por el Tribunal de Ética del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro.
d) Computar una antigüedad mínima de aportes de doce (12) meses.
e) No estar concursado o inhabilitado.
f) Cumplimentar la documentación personal y de crédito prevista en el artículo 7º.
g) El afiliado deberá tener menos de 65 años, a la fecha de vencimiento de la última cuota del préstamo.
h) Presentar un fiador que cumpla con los requisitos establecidos en los incisos anteriores. No se aceptarán garantías reciprocas.

ARTICULO 5º:
En las obligaciones que se constituyen a favor de LA CAJA, el Deudor y el Fiador suscribirán un contrato de mutuo y fianza dando por reconocidos los derechos de la misma ante un eventual juicio ejecutivo, inclusive hasta la citación de remate si lo hubiere. Para todos los efectos judiciales en las obligaciones que se constituyan a favor de LA CAJA las partes deberán someterse a la jurisdicción de los Tribunales de la Cuarta Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de Cipolletti. En caso de llegarse a juicio ejecutivo, estarán a cargo del Deudor o Fiador, además de los intereses que por mora se hayan devengado, todos los honorarios y gastos del juicio y de cualquier otra naturaleza que por su incumplimiento se le hubiere ocasionado a LA CAJA.

ARTICULO 6º:
El garante deberá constituirse en fiador solidario, liso, llano y principal pagador, renunciando al beneficio de excusión por todas las obligaciones emergentes del préstamo.

ARTICULO 7º:
Los requisitos y documentación a presentar por el solicitante y/o fiador serán las siguientes:
1- Cumplir con lo establecido en los artículos 4º, 5º y 6º, según corresponda.
2- Adjuntar copia de documento de identidad con domicilio actualizado.
3- Presentar declaración jurada de domicilio profesional o laboral actualizado.
4- Justificar ingresos mediante la presentación de la documentación que a criterio del Consejo de Administración de LA CAJA o el Comité de Crédito así lo requiera.
5- Completar los formularios que el Consejo de Administración de LA CAJA establezca y suscribir la documentación del mutuo correspondiente.
6- Abonar con la solicitud del préstamo la suma que determine el Consejo de Administración de LA CAJA como cargo administrativo por desistimiento, el que será reintegrado al momento del desembolso del préstamo o de su rechazo. Será de aplicación, lo establecido en el artículo 9º de este reglamento.
7- El importe de la cuota mensual de devolución del préstamo, no deberá superar el treinta y cinco por ciento (35%) de los ingresos mensuales declarados del titular del préstamos ni por el fiador, conforme al punto 4.
8- En ningún caso la cuota del préstamo podrá ser inferior a pesos cien ($ 100,00).

ARTICULO 8º:
El préstamo deberá ponerse a disposición del solicitante dentro de los 5 días hábiles posteriores al de su aprobación por el Consejo de Administración de LA CAJA, la que deberá dejar constancia en acta mediante resolución específica.
La primer cuota vencerá al 12vo. día del segundo mes siguiente al de su aprobación.
Se considera desistida la solicitud si el solicitante no retira los fondos dentro de los quince (15) días desde su puesta a disposición. Será de aplicación, lo establecido en el artículo 9º.
Desde el primer día hábil posterior de la puesta a disposición de los fondos y hasta el vencimiento de la primer cuota, corresponde liquidar intereses a la tasa compensatoria por la cual se otorgó el crédito, los que serán adicionados al monto del préstamo y prorrateados por la cantidad de cuotas otorgadas.

ARTICULO 9º:
Todo préstamo desistido originará un cargo deudor único en concepto de restitución de gastos administrativos de acuerdo con las siguientes circunstancias:
a) Desistimiento antes de la aprobación del préstamo: el cargo será del 50% de la tasa establecida en el artículo 7º, inciso 6.- El afiliado deberá comunicar fehacientemente su desistimiento.
b) Desistimiento posterior a la aprobación del préstamo: el cargo será del 100% del monto establecido en el artículo 7º, inciso 6

ARTICULO 10º:
Todos los préstamos devengarán un interés compensatorio anual vencido sobre saldos, al que se le adicionará un cargo fijo que fijará por resolución el Consejo de Administración de LA CAJA por gastos de envío y cobranza, que será abonado conjuntamente con el pago de cada cuota del préstamo y un importe por seguro de vida del titular, aplicado sobre el saldo de deuda.
Los gastos de sellado del contrato se abonarán en partes iguales, pudiendo descontarse del desembolso, la parte correspondiente al afiliado.

ARTICULO 11º:
Las cuotas mensuales se abonarán hasta el 12º día de cada mes, o el hábil inmediato posterior si este último fuera no hábil. Los pagos de las obligaciones deberán efectuarse en las instituciones bancarias con las cuales LA CAJA tenga convenio de recaudación, mediante la utilización de las correspondientes boletas de pago. LA CAJA podrá autorizar el pago de las cuotas de los prestamos a través de la modalidad del débito automático, el que deberá solicitarse en forma expresa en la Administración.
A todos los efectos, y salvo mención en contrario, los términos se considerarán en días corridos.
El deudor podrá cancelar cuotas en forma anticipada, imputándose dicho pago al capital de las últimas cuotas, quedando en ese caso liberado de los intereses y gastos correspondientes a las cuotas que se anticipan.
Para poder efectuar la cancelación de cuotas en forma anticipada, el deudor deberá solicitarlo a la Administración en forma expresa y cumplir los siguientes requisitos:
a) Pagar un importe no menor al 20% del capital originalmente prestado, que determinará la cantidad de cuotas a anticipar tomando exclusivamente el componente de capital de las mismas. No se podrá anticipar cuotas en forma parcial. Cuando el importe a adelantar contenga fracción de capital de cuota, se tomará hasta el capital de la cuota inmediata anterior.
b) El anticipo de cuotas más el cargo administrativo, deberán ser abonados únicamente en las Delegaciones del Consejo Profesional, donde se extenderá un comprobante en el que constará detalle de las cuotas anticipadas y del cargo administrativo.
No se considerarán válidos los anticipos realizados que no hayan sido abonados conforme a lo establecido en el presente artículo. Si se pagaran cuotas antes de su vencimiento, las mismas se considerarán como pagadas en término sin ninguna liberación de intereses y gastos.

ARTICULO 12º:
El saldo del préstamo, en caso de fallecimiento del deudor, tendrá la cobertura del seguro de vida contratado al efecto.

ARTICULO 13º:
En caso de fallecimiento del afiliado que garantiza el préstamo, el deudor afectado deberá reemplazarlo por otro fiador que reúna las condiciones exigidas por el articulo 4° de este reglamento, dentro del plazo de los treinta (30) días, a contar de la fecha del deceso.
Asimismo en caso de insolvencia manifiesta del fiador se lo deberá reemplazar en las condiciones y plazos estipulados anteriormente. El Consejo de Administración podrá solicitar de oficio el cambio de fiador cuando, a su criterio, se ha producido la insolvencia y no ha sido comunicada por el deudor.

ARTICULO 14º:
El pago de cualesquiera de las cuotas del préstamo fuera de los vencimientos convenidos hará incurrir al beneficiario en mora sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, devengando la obligación principal, una accesoria punitiva de intereses moratorios que será equivalente a una vez y media (1,5 veces) la tasa de interés del préstamo durante el período de mora. Los intereses moratorios se calcularán a partir del día siguiente de la fecha de vencimiento de la cuota no abonada hasta la fecha de su respectivo pago.
Hasta que no se cancele totalmente la obligación que dio origen a la mora, con más sus accesorios, se la considerará incumplida.
Todo pago efectuado fuera de los vencimientos convenidos, será imputado en primer término a cancelar gastos, luego a cancelar intereses y por último a cancelar la cuota de capital más antigua adeudada. Esta imputación la efectuará el Consejo de Administración de oficio y no tendrá validez la que pueda haber hecho el deudor alterando el orden indicado.

ARTICULO 15º:
Es facultad del Consejo de Administración requerir cualquier información que considere pertinente. Si en virtud de ella o de cualquier otra circunstancia se verificara que el solicitante no reúne los requisitos necesarios o no son suficientes las condiciones de responsabilidad, la misma podrá denegar el préstamo solicitado o exigir que se refuercen las garantías requeridas.

ARTICULO 16º:
Al titular de un préstamo vigente se le podrá otorgar uno nuevo, en la medida que cancele el anterior y si a criterio de LA CAJA o el Comité de Crédito, ha tenido un cumplimiento regular.

ARTICULO 17º:
LA CAJA podrá exigir la cancelación total del saldo de la deuda por los siguientes motivos:
a) Si se constatare la inexactitud de las manifestaciones del deudor o de la documentación aportada del artículo 7º, que hubieran servido de base al acuerdo de la operación.
b) Si se incurre mora en los aportes a LA CAJA mayor a tres (3) meses.
c) Si el deudor registra una mora de más de tres (3) cuotas del préstamo consecutivas o alternadas.
d) Si el deudor perdiere su calidad de afiliado en actividad.
e) No reemplazar al fiador fallecido o insolvente, en el plazo que exige el art. 15° de éste reglamento o cuanto el Consejo de Administración de LA CAJA lo exija.

ARTICULO 18º:
Se consideran “pagos fuera de término” aquellos que se efectúen después de la fecha de vencimiento de la cuota establecida al acordarse el préstamo.
Se considera “cuota paga” cuando se abone el total de la misma. Mientras exista complemento de cuota pendiente de cancelación se considerara cuota en mora.

ARTICULO 19º:
No serán consideradas las solicitudes de préstamo de quienes hayan regularizado deudas por aportes a LA CAJA dentro de los 90 días inmediatos anteriores a la fecha de presentación de la solicitud del préstamo.

ARTICULO 20º:
En la solicitud de préstamo, y en caso de ser otorgado, en la instrumentación del mutuo, tanto el deudor como el fiador en su caso, declararán conocer y aceptar expresamente las disposiciones generales y particulares del presente reglamento.

ARTICULO 21º:
Los plazos para cancelar los préstamos, las garantías a exigir, el seguro de vida y la antigüedad mínima, serán las indicadas en la planilla adjunta para cada línea de préstamo, que como Anexo C forma parte integrante de este reglamento.
En cuanto a la tasa de interés el Consejo de Administración esta facultado para modificarla, en función de las condiciones de mercado.
La tasa de interés será la fijada por Resolución del Consejo de Administración tomando como base de cálculo las 2/3 parte de la Tasa Activa del Banco Nación Cartera General Diversa.

ARTICULO 22º:
Se considerarán las solicitudes por riguroso orden de prelación, teniendo en cuenta para ello lo dispuesto en los párrafos siguientes y el cumplimiento de los requisitos del préstamo, a efectos de disponer las partidas asignadas para cada tipo de préstamo.
Procedimiento:
1.- Se abrirá un registro de solicitudes en la Sede Central y Delegaciones del CPCERN debiendo colocarse fecha y hora de recepción y entregar copia firmada de la misma al solicitante.
2.- Sólo deberá recibirse con fecha y hora, la solicitud que contenga la documentación completa según lo establecido en el artículo 7º.
3.- Las Delegaciones enviarán a la brevedad las solicitudes recibidas con la documentación completa. No serán consideradas en el orden de prelación aquellas solicitudes que no cumplan lo establecido en el inciso anterior, hasta tanto se cumplimente la documentación faltante.
4.- Se acumularán según el orden de prelación establecido, todas las solicitudes recibidas hasta el día 20 de cada mes (o hábil posterior) las que pasarán al Comité de Crédito para su evaluación.
5.- El Comité de Crédito deberá preparar y elevar un informe breve al Consejo de Administración de LA CAJA, recomendando o no el otorgamiento de los créditos y sus fiadores, dentro de los cinco días posteriores al indicado en el punto anterior.
6.- El Consejo de Administración de LA CAJA autorizará o no el desembolso de los préstamos, emitiendo la resolución respectiva antes del día 30 de cada mes.
7.- Deberá notificarse al solicitante de la resolución adoptada.
8.- Aprobado el desembolso deberá darse cumplimiento a lo establecido en el artículo 8° del presente reglamento.
9.- Las solicitudes aprobadas y que no hayan sido desembolsadas por exceder el cupo asignado, quedarán automáticamente habilitadas para el próximo cupo, teniendo preferencia sobre las nuevas que ingresen, debiendo notificarse a los interesados tal situación.

ARTICULO 23º:
El Consejo de Administración podrá designar un Comité de Crédito integrado por lo menos por tres Consejeros los que tendrán la función de analizar las solicitudes recibidas y elevar un informe breve al Consejo con su recomendación.

ARTICULO 24º:
El Consejo de Administración podrá apartarse del presente reglamento cuando a su criterio existan fundadas razones para hacerlo. En tal caso la decisión deberá adoptarse con el voto de los 2/3 (dos tercios) de los miembros presentes con derecho a voto.

TITULO II
DISPOSICIONES PARTICULARES

ARTICULO 25º:
El presente Reglamento de Préstamos regirá para todas las solicitudes que ingresen a partir del 01 de Abril de 2004.

ARTICULO 26º:
Los tipos de préstamos que se otorgarán serán los siguientes:
I Profesional
II Iniciación
III Asistencia a eventos de la Profesión.

PRÉSTAMO PROFESIONAL
ARTICULO 27º:
El Préstamo Profesional se otorgará sin destino específico.

PRÉSTAMO DE INICIACIÓN
ARTICULO 28º:
El préstamo de Iniciación se destinará a los afiliados que comiencen en el ejercicio de la profesión, debiendo haber realizado el trámite de inscripción en la matrícula del C.P.C.E.R.N. dentro del quinto año contado a partir de la fecha consignada en el título profesional como última materia rendida. La antigüedad mínima de aportes efectivos a LA CAJA no podrá ser inferior a 6 (seis) meses.

PRÉSTAMO PARA ASISTENCIA A EVENTOS DE LA PROFESIÓN
ARTÍCULO 29º:
El préstamo para asistencia a eventos de la profesión se destinará a los afiliados que lo soliciten para participar en Congresos, Jornadas, etc., de la profesión, nacionales o internacionales organizadas por la F.A.C.P.C.E. o similar, y su gestión será administrada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro.

ANEXO B

MONTOS MÁXIMOS Y TIPOS DE PRESTAMOS

Tipo de Prestamo

Cantidad de cuotas mensuales

Antig . En Meses

Tipo de
Garantía

 

I

 

PROFESIONAL

 

12

 

 

24

 

 

12

Hasta 5.000 – 12 cuotas c/cheques de pago diferido

De 12 a 24 cuotas – FIADOR

 

II

 

INICIACIÓN

 

  6

12

 

  12

24

 

12

12

 

Cheques de pago diferido o FIADOR

FIADOR

II

P/ ASISTENCIA A EVENTOS DE LA PROFESIÓN

 

12

 

Cheques de pago diferido

No habiendo más temas que tratar y siendo las 22:00 horas se da por concluida la reunión..

Acta Nro 64

Acta de Consejo Directivo de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro

En la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, a los 7 días del mes de Abril de 2004, siendo las 19:30 horas se reúne el Consejo de Administración de la Caja Previsional y de Seguridad Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, sito en Italia 235 de la ciudad de Cipolletti, y el Consejo Directivo de la Caja, con la presencia de los contadores: Javier M. Fernández; Ana María Nápoli; Emilio Perticarini; Guillermina Santomauro; Jorge Giongo, Isidoro Zaz, Guillermo Pons, Miguel Manuel, Silvia Crespo y la Srita. Mónica Taramelli administrativa de la Caja, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1. Designación de secretario/a de actas de la reunión
2. Lectura y Aprobación del acta anterior.
3. Informes de Plazos Fijos y Saldos Bancarios.
4. Prórroga de plazo de vigencia del régimen de regularización de deudas. Resolución Nº 8.

PRIMERO: Toma la palabra el Cr. Emilio Perticarini y mociona que la Cra. Silvia Crespo sea la secretaria de actas de la reunión, lo que es aprobado por unanimidad.

SEGUNDO: Se da lectura al acta anterior, la que es aprobada por unanimidad.

TERCERO: Se presenta el Informe de Plazos Fijos y Saldos Bancarios de la Caja, se toma conocimiento.

CUARTO: El Cr. Emilio Perticarini comenta que el 31/03/2004 se venció el plazo de vigencia del régimen de regularización de deuda implementado por la Caja, habiéndose acogido al mismo veintisiete profesionales, en su mayoría con importantes montos de deuda. Asimismo la administración de la Caja recibió por parte de algunos afiliados la consulta sobre si se prorrogaría la vigencia porque tenían la intención de regularizar su deuda. Los presentes debaten la alternativa de disponer una prórroga, y luego de intercambiar ideas, se decide prorrogarlo hasta el 30 de Junio del 2004, para que en la Asamblea se informe los resultados de la gestión, y el procedimiento que se aplicará a los deudores morosos que no regularizaron. Se redacta la Resolución Nº 8 la que es aprobada por unanimidad.

La misma se transcribe a continuación.

RESOLUCIÓN Nº 8

VISTO:
Las atribuciones otorgadas al Consejo de Administración por el Art. 16º inciso. a), h); y

CONSIDERANDO:
Que el Plan de regularización de Deuda instituido por la Resolución Nº 5 ha tenido una importante repercusión entre los afiliados morosos.

Que luego de haberse vencido el plazo de acogimiento establecido en el 31 de Marzo del 2004 se han recibido manifestaciones de afiliados interesados en regularizar su situación.

Que el objetivo del Consejo Directivo y del Consejo de Administración, es incorporar al sistema el mayor número posible de afiliados, para que se encuentren normalizados respecto de sus obligaciones previsionales, y a los derechos que le correspondieren respecto los beneficios, sin perjuicio de la posterior aplicación del art. 10, y 11 de la Resolución 5, para los casos que no se adhieran al plan.

Por ello
El Consejo de Administración de la Caja Previsional
y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro
RESUELVE:

Régimen de Regularización de Deudas. (SUPERPLAN)
Artículo 1º:
Prorrogar la vigencia del Régimen de Regularización de Deudas, en adelante SUPERPLAN, hasta el 30 de Junio de 2004.

Artículo 2º:
A los efectos que correspondan, dése a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro, en la página web del C.P.C.E.R.N. Cumplido, archívese.

Cipolletti, 7 de Abril de 2004
Consejo de Administración

No habiendo más temas que tratar y siendo las 22:00 horas se da por concluida la reunión.

Acta Nro 65

Acta de Consejo Directivo de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro

En la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, a los 13 días del mes de Mayo de 2004, siendo las 20:00 horas se reúne el Consejo Directivo y el Consejo de Administración de la Caja Previsional y de Seguridad Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, sito en Italia 235 de la ciudad de Cipolletti, con la presencia de Cr. Javier M. Fernández, Cr. Emilio Perticarini, Cra. Ana M. Nápoli, Cr. Miguel A. Manuel, Cra. Guillermina Santomauro, Cr. Jorge Giongo, Cra. Mónica Allemanni, Cr. Oscar Manzano, Cr. Guillermo Pons, la Cra. María Elena Sánchez, el Cr. Miguel Ángel Pérez, la Cra. Silvia B. Crespo y el Asesor Legal, Dr. Roberto Navarro para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1. Lectura y aprobación del Acta anterior.
2. Consideración de la documentación detallada en el Artículo 8 inc. a) del Estatuto Social: Memoria, Estados Contables, Notas y Anexos del Ejercicio. Presentación del Informe de la Comisión Fiscalizadora al 31 de Diciembre de 2003.
3. Consideración del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el Período comprendido desde el 01/06 al 31/05 del próximo año.
4. Toma de conocimiento del Dictamen Técnico Actuarial al 31 de Diciembre de 2003.
5. Razones de la convocatoria Fuera de Término.
6. Convocatoria a Asamblea General Ordinaria (Fuera de Término).

PRIMERO: Se da lectura al acta anterior, la que es aprobada por unanimidad.

SEGUNDO: El Cr. Emilio Perticarini, pone a consideración la Memoria, Estados contables, sus notas y anexos comprendidos entre el 1º de Enero de 2003 y el 31 de Diciembre de 2003, luego de intercambiar opiniones se aprueban por unanimidad los mismos. Se toma conocimiento del informe de la Comisión Fiscalizadora.

TERCERO: El Cr. Emilio Perticarini, pone a consideración la Proyección del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el período desde el 01/06 al 31/05 del próximo año, tal como lo plantea el art. 52 del Estatuto Social. Luego de analizar los recursos y los gastos, e intercambiar opiniones al respecto, se aprueba el mismo por unanimidad.

CUARTO:: Se toma conocimiento del Dictamen Profesional Técnico Actuarial sobre Estados Contables al 31/12/2003, presentado por el Dr. Eduardo Melinsky.

QUINTO : El presidente informa que ante las profundas modificaciones realizadas en el software de la Caja, lo que significó un cambio en los procedimientos de control interno, generó un atraso en la finalización del Balance al 31/12/2003, decidiendo el Consejo de Administración postergar la fecha en que se llevara a cabo la Asamblea General Ordinaria, priorizando la realización de un trabajo ordenado y sin apresuramientos, a la urgencia de realizarla en término, a lo que se agrega el cúmulo de gestiones y tareas a la que están sometidos todos los profesionales en Ciencias Económicas en el período Abril y Mayo. Se toma conocimiento.

SEXTO : Se resuelve por unanimidad convocar a la Asamblea Anual Ordinaria (Fuera de Término) Art. 8º para el 26 de Junio de 2004, en la ciudad de General Roca, con la siguiente:

CONVOCATORIA

Convócase a los señores afiliados de la Caja Previsional y de Seguridad Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, a la Asamblea Anual Ordinaria (Fuera de Término) prevista en el Artículo 8º, a realizarse el día 26 de Junio de 2004 a las 10:30 hs. en Villegas 967 de General Roca, para considerar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1. Designación de dos profesionales presentes para suscribir el acta conjuntamente con el Presidente y Secretario.
2. Razones de la Convocatoria Fuera de Término.
3. Consideración de la Memoria, Estados Contables, sus notas y anexos, comprendidos entre el 1 de Enero de 2003 y el 31 de Diciembre de 2003. Presentación del Informe de la Comisión Fiscalizadora.
4. Toma de conocimiento del dictamen Profesional Técnico Actuarial al 31 de Diciembre 2003.
5. Consideración del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el período desde el 01/06 al 31/05 del próximo año.

Llámese en segunda convocatoria, con la presencia de los miembros que concurran, a los profesionales afiliados a la Caja Previsional y de Seguridad social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, que al momento de la asamblea se encuentren activos, a realizarse el día 26 de Junio del año 2004, a las 11:00 horas en Villegas 967 de la ciudad de General Roca, para considerar el mismo Orden del Día, indicado más arriba.

El Consejo Directivo

No habiendo más temas que tratar, y siendo las 22:00 hs.,se da por concluída la reunión.

Acta Nro 66

Acta de Consejo Directivo de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro

En la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, a los 20 días del mes de Mayo de 2004, siendo las 20:00 horas se reúne el Consejo Directivo y el Consejo de Administración de la Caja Previsional y de Seguridad Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, sito en Italia 235 de la ciudad de Cipolletti, con la presencia de Cr. Javier M.Fernández, Cr. Emilio Perticarini, Cra. Ana M.Nápoli, Cr. Miguel A. Manuel, Cra. Guillermina Santomauro, Cr. Jorge Giongo, Cra. Mónica Allemanni, Cr.Oscar Manzano, Cr. Guillermo Pons, la Cra. María Elena Sánchez, el Cr. Miguel Ángel Pérez, la Cra. Silvia B. Crespo para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1. Lectura y aprobación del Acta anterior.
2. Designación del Comité de Préstamos

PRIMERO: Se da lectura al acta anterior, la que es aprobada por unanimidad.

SEGUNDO: El Cr. Emilio Perticarini, informa que se han recibido cinco solicitudes de préstamos, que han completado la solicitud, y adjuntado la documentación requerida. Dado que es la primera experiencia en esta gestión y con el objetivo de establecer un procedimiento eficiente, considera oportuno designar un Comité de Crédito que analice las solicitudes recibidas y eleve un informe al Consejo de Administración, emitiendo su recomendación al respecto. Luego de un intercambio de opiniones, se decide por unanimidad, designar el Comité de Préstamo tal como lo prevé el art. 23 del Reglamento de Préstamos, integrado por la Cra. Mónica Allemanni; el Cr. Guillermo Pons; y el Cr. Oscar Manzano.

No habiendo más temas que tratar, y siendo las 21:30 hs. se da por concluída la reunión.

Acta Nro 67

Acta de Consejo Directivo de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro

En la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, al 1º de Junio de 2004, siendo las 20:00 horas se reúne el Consejo Directivo y el Consejo de Administración de la Caja Previsional y de Seguridad Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, sito en Italia 235 de la ciudad de Cipolletti, con la presencia de Cr. Javier M.Fernández, Cr. Emilio Perticarini, Cra. Ana M.Nápoli, Cr. Miguel A. Manuel, Cra. Guillermina Santomauro, Cr. Jorge Giongo, Cra. Mónica Allemanni, Cr.Oscar Manzano, Cr. Guillermo Pons, la Cra. María Elena Sánchez, el Cr. Miguel Ángel Pérez, la Cra. Silvia B. Crespo y la Srita. Mónica Taramelli administrativa de la Caja, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1. Designación de Secretaria de Actas de la reunión
2. Lectura y aprobación del Acta anterior.
3. Informe de Saldos Bancarios y Plazos Fijos.
4. Consideración de las Solicitudes de Préstamos recibidas y analizadas por el Comité de Préstamos.
5. Consideración del Contrato de Mutuo preparado por el Dr. Roberto Navarro.
6. Nota de la Cra. Portone.

PRIMERO: El Cr. Emilio Perticarini, da la bienvenida a los presentes, y pone en consideración la designación de la secretaria de Actas de la reunión. Se decide designar a la Cra. Silvia Crespo.

SEGUNDO: Se da lectura al acta anterior, la que es aprobada por unanimidad.

TERCERO: Se presenta el informe de saldos bancarios y detalle de los Plazos Fijos. El Cr. Emilio Perticarini responde a las consultas de los presentes, y se toma conocimiento.

CUARTO: Se da lectura a las actas presentadas por el Comité de Préstamos y a las recomendaciones realizadas respecto a cada solicitud. Luego de un intercambio de ideas se decide la apertura de un libro foliado, en el que se transcriban los préstamos aprobados, registrando los datos más importantes y otorgándole un número correlativo a los mismos. Luego de dar lectura a las planillas individuales confeccionadas por el Comité de Préstamos, se sugiere agregarles los siguientes datos: Monto solicitado; cantidad de cuotas, y cuota estimada.

El Comité de Préstamos recomienda la aprobación de las solicitudes presentadas.
Se da lectura al dictamen del Asesor Legal, respecto a la consulta realizada sobre la factibilidad de que un cónyuge sea garante en el préstamo. En la misma el Dr. Roberto Navarro responde esencialmente que si el cónyuge tiene ingresos propios suficientes como para responder al pago, no habría obstáculos.

QUINTO: Se da lectura al modelo de mutuo presentado por el Dr. Roberto Navarro, se corrigen algunos puntos, y se aprueba para su uso en los préstamos. Se aprueba la sugerencia del Asesor Legal de solicitar un pagaré firmado por el solicitante y el garante de cada préstamo.

SEXTO: Se da lectura a la nota de la Cra. Portone, quien manifiesta su intención de regularizar su deuda al contado, solicitando se la exima del pago del 70% de los intereses punitorios que por resolución de la Caja, se capitalizan en la cuenta particular del afiliado, al momento del pago, renunciando a dicha capitalización. Tal solicitud, originó un intenso debate entre los miembros del Consejo de Administración tratando de encontrar la respuesta más equitativa. Luego del intercambio de opiniones, se decide establecer por única vez, la posibilidad de acceder a la regularización de la deuda, al contado, eximiéndolos del pago del 70% de los intereses punitorios, si así lo solicitan, con un plazo de acogimiento igual al del Plan de Regularización (30 de Junio de 2004). Se redacta la resolución, y se recomienda dar una amplia difusión entre los afiliados y los que ya se han acogido al plan ofreciéndole la posibilidad de hacer uso de esta alternativa.

RESOLUCIÓN Nº 9

VISTO:
Las atribuciones otorgadas al Consejo de Administración por el Art. 16º inciso. a), h); y

CONSIDERANDO:
Que las condiciones económicas generales han retomado razonablemente los carriles de normalidad necesarios en toda actividad económica.

Que el Plan de Pagos instituido por la Resolución Nº 5, ha tenido eco entre los afiliados que estaban morosos.

Que por solicitud de los afiliados, se amplió el plazo de acogimiento hasta el 30 de Junio de 2004, considerando la importancia de que se regularicen la mayor cantidad de afiliados posible.

Que existen solicitudes de pago contado de lo adeudado, con alguna disminución de los intereses.

Que por Resolución Nº 3 de LA CAJA se dispuso que el afiliado en mora que regularice su situación, pueda recuperar parte de la rentabilidad que por su falta de pago de aportes no acumuló en su cuenta individual, mediante la capitalización de un porcentaje del interés punitorio efectivamente pagado.

Que dicha decisión, constituyó una liberalidad de la Caja, en beneficio de sus afiliados que incrementa su capital aportado.

Por ello
El Consejo de Administración de la Caja Previsional
y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro
RESUELVE:

Artículo 1º:
Establecer dentro del Régimen de Regularización de Deudas, la opción de pago contado, por única vez, y con el mismo plazo de acogimiento, con la posibilidad de renuncia por parte del afiliado de la capitalización del 70% de los intereses punitorios en su cuenta particular.

Artículo 2º:
Eximir al afiliado que lo solicite, del pago del 70% de los intereses punitorios, a los que renunció capitalizar.

Artículo 3:
Establecer los requisitos de solicitud:
Presentar una nota manifestando explícitamente su intención de pago de contado del monto de deuda consolidada, y la solicitud de eximición del pago del 70% de los intereses punitorios, que corresponde capitalizar en la cuenta particular, y su renuncia expresa a tal beneficio.

Artículo 4º:
A los efectos que correspondan, dése a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro, en la página web del C.P.C.E.R.N. Cumplido, archívese.

Cipolletti, 1 de Junio de 2004
Consejo de Administración

No habiendo más temas que tratar, y siendo las 22:00 hs. se da por concluída la reunión.

Acta Nro 68

Acta de Consejo Directivo de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro

En la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, a los 6 días del mes de Julio de 2004, siendo las 19:00 horas se reúne el Consejo Directivo y el Consejo de Administración de la Caja Previsional y de Seguridad Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, sito en Italia 235 de la ciudad de Cipolletti, con la presencia de Cr. Javier M.Fernández, Cr. Emilio Perticarini, Cr. Miguel A. Manuel, Cra. Guillermina Santomauro, Cr. Jorge Giongo, Cr. Guillermo Pons, la Cra. María Elena Sánchez, y la Cra. Silvia B. Crespo, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1. Designación de Secretaria de Actas de la reunión
2. Lectura y aprobación del Acta anterior.
3. Informe de Saldos Bancarios y Plazos Fijos.
4. Proyecto de Resolución de Prórroga de Planes de Pago y Pago Total
5. Consideración de las solicitudes de Préstamos presentadas y analizadas por el comité de Préstamos.
6. Consideración Seguro Planes de Pago.
7. Toma de conocimiento del importe reintegrado por el Seguro.
8. Toma de conocimiento Regulación de Honorarios Juicio “Apcarián Nilda c/ Caja Previsional y de Seguridad Social para profesionales en Ciencias Económicas de la provincia de Río Negro”,
9. Nota del Cr. Valente y la Cra. Romero.

PRIMERO: El Cr. Emilio Perticarini, da la bienvenida a los presentes, y pone en consideración la designación de la secretaria de Actas de la reunión. Se decide designar a la Cra. Silvia Crespo.

SEGUNDO: Se da lectura al acta anterior, la que es aprobada por unanimidad.

TERCERO: Se presenta el informe de saldos bancarios y detalle de los Plazos Fijos. El Cr. Emilio Perticarini responde a las consultas de los presentes, y se toma conocimiento.

CUARTO: El Cr. Perticarini, plantea que en función de lo tratado en la Asamblea General Ordinaria, llevada a cabo en el 26 de Junio, en la ciudad de General Roca, se redactó el Proyecto de Resolución, que prorroga el vencimiento del plazo para acogerse al Plan de Pago en cuotas o pago total, hasta el 31 de Agosto de 2004. Fue consenso en la Asamblea, que el Consejo de Administración, debía hacer el último esfuerzo de difusión de esta posibilidad, realizando visitas a las delegaciones convocando a reuniones con los afiliados, en las que se difundan los beneficios del plan, y también de Nuestra Caja. Luego de intercambiar opiniones, y dar lectura al proyecto de resolución, se aprueba por unanimidad el mismo, y se transcribe a continuación.

QUINTO: Se da lectura al acta del Comité de Préstamos. En la misma informan favorablemente sobre la solicitud del préstamo de la Cra. Ana María Nápoli, de Pesos Cinco mil ($ 5.000,-), en doce cuotas, con cheque de pago diferido de garantía, y sin fiador. El Consejo de Administración, aprueba la solicitud de préstamo presentada.

SEXTO: Se plantea el tema de convenir con CNP Assurance un seguro por la deuda incluida en los Planes de Pago, dada la importancia de las sumas que se han incluido en los mismos, y el plazo en que serán pagados.
Se decide consultar con el Dr. Melinsky la modalidad en que se solicite el Seguro, y presentarlo a la Compañía.

SEPTIMO: El Cr. Emilio Perticarini informa que la Cia. de Seguros CNP Assurance nos ha comunicado que nos pagará la suma de Pesos Veinte mil trece ($ 20.013,-) en concepto de utilidad por la baja siniestralidad que ha mantenido la póliza de Nuestra Caja. Dicha suma será acreditada a la cuenta de la Caja. La noticia es recibida con gran beneplácito por los presentes.

OCTAVO Se informa que en la causa “Apcarian Nilda c/ Caja Previsional y de Seguridad Social para profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro”, se regularon los Honorarios de los abogados intervinientes. Se toma conocimiento, y se resuelve comunicarle a la Señorita Mónica Taramelli, que prepare el pago para los doctores Apcarian y Frare, abogados de la actora, de acuerdo a la planilla de liquidación presentada, por la suma de Pesos Un mil seiscientos diecinueve con ochenta y un centavos ($ 1.619,81).

NOVENO: Se da lectura a la nota del Cr. Héctor Raúl Valente, y de acuerdo a su planteo se decide solicitarle que comunique por nota, qué suma estaría en condiciones de ir pagando dado que el mencionado profesional no cuestiona el monto de su deuda, ni los intereses, sólo plantea una situación personal, que no le permite afrontar las sumas que surgen del plan de pago.

Luego se da lectura a la nota de la Cra. María Victoria Romero. La misma expresa que dada su situación económica y laboral sólo puede pagar por todo concepto (pago actual y deuda) la suma de $ 92,- . Luego de un intenso debate se llega a la conclusión, que no se puede otorgar este tipo de excepción individual, con la mera afirmación del afiliado que no está en condiciones de pagar, siendo que el Plan de Pago se propuso con la mayor amplitud posible de plazo. Por tal motivo, el Consejo de Administración decide rechazar la propuesta de la Cra. María Victoria Romero, y responderle su nota comunicándole la decisión.

Se transcribe a continuación la Resolución de Prórroga aprobada en el punto 4.

RESOLUCIÓN Nº 10

VISTO:
Las atribuciones otorgadas al Consejo de Administración por el Art. 16º inciso. a), h); y

CONSIDERANDO:
Que el Plan de Regularización de Deudas establecido mediante la Resolución Nº 5 ha tenido una significativa repercusión entre los afiliados morosos;

Que al informar en la Asamblea Anual realizada el 26 de Junio de 2004, los pasos a seguir con aquellos que no se adhieran luego de vencido el plazo de acogimiento y que se encuentran previstos tanto en el Estatuto como en la mencionada resolución, se generó un amplio debate, concluyendo en la necesidad de prorrogar su vencimiento que permita una mayor difusión que la realizada hasta el momento

Que entre las medidas de difusión mencionadas, se ponderó la presencia de los representantes de la Caja en las Delegaciones, a los efectos de mantener contacto con los afiliados morosos e imponerlos de su situación y las consecuencias de no hacerlo;

Que tal presencia requiere un plazo razonable que permita planificar los traslados de los Consejeros a las distintas delegaciones;
Que luego de haber vencido el plazo de acogimiento del 30 de Junio del 2004, se han recibido innumerables manifestaciones de afiliados interesados en regularizar su situación.

Que el objetivo del Consejo Directivo y del Consejo de Administración, es incorporar al sistema a todos los afiliados, para que se encuentren normalizados respecto de sus obligaciones previsionales y que puedan gozar de los derechos que le correspondieren respecto de los beneficios, sin perjuicio de la posterior aplicación del art. 10 y 11 de la Resolución Nº 5, para los casos que no se adhieran al plan.

Por ello
El Consejo de Administración de la Caja Previsional
y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro
RESUELVE:

Régimen de Regularización de Deudas. (SUPERPLAN)
Artículo 1º:
Prorrogar la vigencia del Régimen de Regularización de Deudas, en adelante SUPERPLAN, hasta el 31 de Agosto de 2004.

Artículo 2º:
A los efectos que correspondan, dese a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro, en la página web del C.P.C.E.R.N. Cumplido, archívese.

Cipolletti, 6 de Julio de 2004
Consejo de Administración

No habiendo más temas que tratar, y siendo las 22:00 horas, se da por concluida la reunión.

Acta Nro 69

Acta de Consejo Directivo de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro

En la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, a los 21 días del mes de Julio de 2004, siendo las 19:00 horas se reúne el Consejo Directivo y el Consejo de Administración de la Caja Previsional y de Seguridad Social para Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, en la sede del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, sito en Italia 235 de la ciudad de Cipolletti, con la presencia de Cr. Javier M. Fernández, Cr. Emilio Perticarini, Cra. Ana María Nápoli, Cr. Miguel A. Manuel, Cra. Guillermina Santomauro, Cra. Mónica Allemanni, Cr. Jorge Giongo, Cr. Guillermo Pons, y la Cra. Silvia B. Crespo para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA

1. Designación de Secretaria de Actas de la reunión
2. Lectura y aprobación del Acta anterior.
3. Informe de Saldos Bancarios y Plazos Fijos.
4. Incorporación de una Pasante.
5. Modificación Oficina. Compra de PC (presupuestos) Compra de escritorio.
6. Presupuesto de folletos de difusión de beneficios.
7. Programación Viaje a las Delegaciones.
8. Carta Documento al Banco Nación.

PRIMERO: El Cr. Emilio Perticarini, da la bienvenida a los presentes, y pone en consideración la designación de la secretaria de Actas de la reunión. Se decide designar a la Cra. Silvia Crespo.

SEGUNDO: Se da lectura al acta anterior, la que es aprobada por unanimidad.

TERCERO: Se presenta el informe de saldos bancarios y detalle de los Plazos Fijos. El Cr. Emilio Perticarini responde a las consultas de los presentes, y se toma conocimiento. La Cra. Mónica Allemanni sugiere que se consulte sobre los plazos fijos ajustados por CER, dado que ella está informada que se están ofreciendo en algunas entidades bancarias, sugerencia que será tenida en cuenta.

CUARTO: El Cr. Perticarini, informa que se ha incorporado una pasante, estudiante de Ciencias Económicas, Claudia Del Col. La misma se hará cargo de las tareas administrativas y carga de datos, con el objetivo que la Srita. Mónica Taramelli pueda disponer de más tiempo para otras tareas, las que se han visto incrementadas con la vigencia de los planes de regularización de deuda, préstamos, y relaciones con los bancos y los afiliados.

QUINTO: En función de la incorporación de la Srita. Claudia Del Col, se necesita agregar un puesto de trabajo al sector de la Caja, por lo que será necesario comprar una computadora, y un escritorio. Se presentan tres presupuestos de computadora, los que son analizados por los presentes, y luego de un intercambio de ideas, se resuelve por unanimidad, aprobar el presupuesto de la Pentium IV, presentado por el Sr. Ariel Sixto, solicitando le incorpore grabadora de CD.

SEXTO: Se informa, que el Sr. Armando Singer de Imprenta Singer, quien nos imprime las boletas, pasó un presupuesto por los folletos de promoción de los beneficios de la caja, por la suma de Pesos quinientos cuarenta ($540,-) con la bonificación de 500 folletos sin cargo. Luego de intercambiar opiniones y ante el conocimiento del producto del proveedor, y la relación que existe, se decide encargarle el trabajo, ante la mínima diferencia que existe con el Presupuesto presentado por Arte Graf.

SEPTIMO: El Cr. Emilio Perticarini plantea que es necesario fijar el cronograma de visitas a las delegaciones para dar las Charlas de difusión de la Caja, informando especialmente sobre los procedimientos de ejecución de deuda, que se deberán afrontar con los deudores morosos. Luego de emitir las opiniones se decide que el Cr. Javier Fernández se hará cargo de la presentación y expondrá las razones por las que se decidió realizar estas charlas, las Contadoras Ana María Nápoli y Mónica Allemanni prepararán la primera parte, referida al Estatuto y aspecto legales; el Cr. Guillermo Pons preparará Ejecuciones de Deuda y Préstamos, el Cr. Emilio Perticarini hablará sobre la situación de la caja, inversiones, porcentaje de deudores, etc. SE establece el siguiente cronograma: el Jueves 12/08 a las 19:30 hs. realizarán la Charla en Cipolletti, el Viernes 26/08 a las 19:00 hs. en Viedma y el Viernes 17/09 a las 19:00 en Bariloche.

OCTAVO: El Cr. Emilio Perticarini informa que luego de infructuosas gestiones para que del Banco Nación nos expliquen las razones del débito de 1.100,- Boden 2013 en la cuenta custodio, propone enviar una carta documento al Gerente de la Sucursal Cipolletti, con copia al Presidente del Directorio. Luego de debatir y aclarar esta situación, se decide redactar un borrador de la carta documento, y enviarla al Dr. Roberto Navarro para que prepare la que se enviará al Banco Nación.

No habiendo más temas que tratar, y siendo las 22:00 horas, se da por concluida la reunión.