En la ciudad de Bariloche, a los 09 días del mes de Septiembre de 2016 siendo las 19:00 hs., se reúnen los afiliados de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro en Asamblea Extraordinaria prevista en el Art. 9º del Estatuto Social, en el domicilio Mitre Nº660 2º Piso Oficina D de la ciudad de Bariloche, Provincia de Río Negro. Tomada la asistencia y no habiéndose logrado el quórum establecido por el Art. 11 del Estatuto Social, se resuelve esperar hasta las 20:00 hs., sesionando así en segunda convocatoria con la presencia del Presidente del Consejo Directivo Cr. Silvio Rizza, el Presidente del Consejo de Administración Cr. Emilio Perticarini y demás miembros del Consejo Directivo y de Administración, con la asistencia de los profesionales afiliados que figuran en el libro de Asistencia a Asambleas. El Cr. Silvio Rizza siendo las 20:00 hs., le da la bienvenida a los participantes de las distintas localidades y le consulta a los mismos si se autoriza la participación del Dr. Blanco, no afiliado a la Caja, acompañando en su carácter de asesor legal de la Cra. María del Rosario Rodriguez.
No habiendo objeciones al respecto, se da por iniciada la Asamblea para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1. Designación de dos profesionales presentes para suscribir el acta conjuntamente con el Presidente y Secretario.
Modificación del Artículo Nº3 del Estatuto Social.
Modificación del Art. Nº26 del Estatuto Social.
Análisis y ponencias sobre Sistemas de Jubilaciones vigentes.
PUNTO UNO: Designación de dos profesionales presentes para suscribir el acta conjuntamente con el Presidente y Secretario.
El Cr. Miguel A. Bertino mociona que la Cra. Liliana Ruiz y el Cr. Rodolfo Guillaumet firmen el acta de Asamblea Extraordinaria. No habiendo objeciones se da por aprobada la moción.
PUNTO DOS: Modificación Artículo Nº3 Estatuto Social.
El Cr. Emilio Perticarini manifiesta que antes de dar lectura a la propuesta de la modificación del Art. Nº3 del Estatuto Social, va a explicar las razones que motivaron al Consejo Directivo a presentar el proyecto de modificación.
La modificación que tiene el Art. Nº3 es para aquellos profesionales que se matriculen en el Consejo con más de 56 años, por lo tanto no van a alcanzar a cumplir los requisitos para adquirir la Jubilación por edad avanzada que son diez años de aporte. La propuesta es que queden exceptuados de aportar a la Caja siempre y cuando acrediten el aporte a otro régimen. Por lo cual surgió proponer la modificación que leeremos a continuación:
El Artículo Nº 3 vigente es:
Artículo Nº 3: Son afiliados obligatorios de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, los profesionales matriculados en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro que tengan su domicilio real en la Provincia de Río Negro y los jubilados del presente régimen.
A ellos, sus causahabientes y a las personas que este Estatuto considera con título suficiente, les alcanzan las prestaciones del sistema establecido en el presente.
Quedan exceptuados de la afiliación obligatoria emergente del presente estatuto, los profesionales que cumplen funciones en relación de dependencia, sin ejercer libremente la profesión, debiendo optar por su exclusión manifestando fehacientemente su voluntad. La falta de opción hará presumir, sin admitir prueba en contrario su incorporación efectiva.
La propuesta es la siguiente:
PROPUESTA MODIFICACION
“Artículo Nº 3: Son afiliados obligatorios de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, los profesionales matriculados en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro que tengan su domicilio real en la Provincia de Río Negro y los jubilados del presente régimen.
A ellos, sus causahabientes y a las personas que este Estatuto considera con título suficiente, les alcanzan las prestaciones del sistema establecido en el presente.
Quedan exceptuados de la afiliación obligatoria emergente del presente estatuto, los profesionales que cumplen funciones en relación de dependencia, sin ejercer libremente la profesión, debiendo optar por su exclusión manifestando fehacientemente su voluntad.
Lo profesionales con domicilio real en la provincia de Río Negro que se matriculen en el Consejo con una edad superior a los 56 años cumplidos, lo que significa que no podrán acceder al beneficio por edad avanzada establecido en el art. 41 de este estatuto, podrán pedir la excepción a aportar a esta Caja, acreditando su aporte a otro régimen, debiendo realizar la correspondiente gestión que establezca el Consejo de Administración. Dicha excepción será aprobada en cada caso individualmente.
La falta de opción hará presumir, sin admitir prueba en contrario su incorporación efectiva”
Luego de debatir al respecto y habiendo consenso entre los presentes, se aprueba por unanimidad la redacción del Artículo Nº 3 del Estatuto transcripto en el párrafo anteriormente presentado.
La Cra. María del Rosario Rodriguez y varios Profesionales presentes cuestionan la obligatoriedad de aportar a la Caja. El Cr. Emilio Perticarini responde que la Ley Nº 2.795 en la que se basa la creación de la Caja, es la que establece la obligatoriedad de los aportes
El Cr. Silvio Rizza expresa que si hacen un poco de historia, cuando la Caja se inició, estaban todos de acuerdo dado que iban a pagar menos y nadie quería pagar autónomos. Recuerda que estaban las AFJP y luego las suprimieron y así sucesivamente. Indica que ninguno de los presentes en aquel momento, pensó que podía tener como obra social PAMI y que iba a vivir de la jubilación. Opina que por lo menos en la Caja se puede comprobar que los fondos existen y están registrados.
La Cra. Martha Toransa expone que no se toma conciencia hasta que se acerca la edad jubilatoria y cuando llega ese momento el afiliado se encuentra sin obra social. Opina que es importante seguir tratando ese tema para encontrar una solución. Expresa que si estudió tantos años para ser profesional, aportó 30 años y luego la jubilación no le alcanzará para vivir ni para pagar una obra social en el momento donde más la va a necesitar, es un problema serio. Asimismo manifiesta que no está de acuerdo con la obligatoriedad de la Caja.
La Cra. Malena Ortiz expresa que cómo el nombre de la Caja lo indica, “Caja Previsional y de Seguridad Social”, la parte de la seguridad social no se está cumpliendo y que es lo que están sintiendo los profesionales que se acercan a la edad jubilatoria y quieren tener una cobertura a través de Seguridad Social y Obra Social.
Indica que hay otras fórmulas que aplican otras cajas que se podrían analizar e implementar, donde haya un aporte solidario, donde se garantice un aporte mínimo.
El Cr. Miguel Bertino comenta que la Caja nació en Bariloche reunidos en ese mismos salón, cuando dos profesionales ya fallecidos hablaban sobre las Jubilaciones, el Cr. Olvar y el Cr. Buonaiuto, los cuales fueron los únicos que se preocuparon por la Obra Social, todos los demás, lo único que querían era dejar de pagar los $ 250 de Autónomos.
Recuerda que la solución fue crear la Caja, idea que convenció a todos. En aquel momento el Cr. Edgardo Molinaroli era Presidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Río Negro, el cual dijo que quería formar una Caja con toda la seriedad. Comenzaron pagando $ 92 cuando de Autónomos pagaban $ 241, lo que fue posible por una Ley que dictó la Provincia, donde habilitaba la formación de Cajas Profesionales en la medida que fueran obligatorias para todos los profesionales. Indica que coincide con la Cra. Malena Ortiz, en que a la Caja le falta la Obra Social y opina que lo que hay que buscar, son fondos que incrementen el futuro haber jubilatorio así como también, gestionar una Obra Social, sea PAMI, IPROSS, etc.
La Cra. Lucía Méndez consulta cuál es la diferencia entre La Caja Previsional como está funcionando ahora, y un seguro de retiro. Le parece que una forma de obtener más fondos es que se haga obligatorio el aporte del art. 29 del Estatuto, que ahora es voluntario.
El Cr. Emilio Perticarini indica que en el Seguro de retiro, se contrata una empresa privada, se hacen aportes durante una cantidad de años, y cuando se decide retirar los aportes, los entregan, por supuesto reteniendo los conceptos acordados a la hora de contratar. En cambio La Caja, se va aportando de 10 años a 30 años y cuando ocurre un hecho que puede ser, cumplir la edad jubilatoria, cumplir los años de aporte más la edad, o a causa de un fallecimiento o invalidez, tiene derecho a cobrar una prestación, jubilación o pensión por los años que se estipulan de vida. Continúa comentando, que lo que nadie tiene en cuenta, es que el haber depende de si el afiliado tiene esposa o no, y/o de la edad de la esposa.
Explica que no es la misma proyección jubilatoria para un afiliado cuya esposa es joven, que para aquel cuya esposa tiene su misma edad o parecida o que no tiene esposa; dado que los años a cobrar son más o menos por la expectativa de vida.
La Cra. Julieta Rubinstein expresa estar de acuerdo con los cambios a realizar, pero con el tema del aporte voluntario expresa que no se puede cobrar al cliente, porque les parece cara la certificación, y es cuando comienzan a surgir comparaciones con otros profesionales. Por eso es que también expone que tendría que ser obligatorio.
Cr. Daniel Mehdi opina que el aporte complementario, habría que hacerlo solidario a través del Consejo Profesional, es decir, agregar a la tasa de legalización 10% adicional, para que eso vaya a un fondo común solidario.
El Cr. Silvio Rizza comenta a los presentes, que si miran balances de otras Cajas se van a sorprender por que no piensan en lo que puede pasar más adelante. Opina que está bien que si las situaciones cambian La Caja se vaya adaptando, pero no está de acuerdo con entregarle los fondos al estado.
Indica que es la posibilidad que tienen todos los afiliados de sentarse a debatir y buscar soluciones, como no la tienen ni la tendrían en ningún lado, para ver cómo tratar de mejorar; en un país donde todo está dado. Expresa que eso hay que valorarlo.
El Cr. Gustavo De Volder comenta que le interesaría escuchar el punto de vista del Actuario.
El Cr. Edgardo Molinaroli expresa, que es cierto que en aquel momento se evaluó y se tomó la decisión de crear la Caja, con falta de experiencia y algunas cosas que se subestimaron. Indica que el tema de la Obra social es sin duda el que debemos resolver. Con respecto al aumento de los fondos voluntarios, sería lo mismo que aumentar los aportes obligatorios. Indica que han tratado en varias oportunidades la idea de hacer una Caja Mixta y no de capitalización individual. La parte solidaria podría salir de un convenio con el Consejo Profesional y que los profesionales cobren sobre la tasa, un porcentaje más que integraría un fondo común, dado que hay profesionales que tienen muchas certificaciones y otros no tantas.
El Cr. Emilio Perticarini da la palabra al Dr. Fernando Martucci del Estudio Melinsky y Asociados.
El Act. Fernando Martucci indica que lo primero que va a explicar, es cómo funciona el sistema.
Comenta que cuando se crea la Caja la condición es: aportamos todos, no se jubila nadie. Los aportes se hacen con el afán de recibir una contraprestación que es la Jubilación. Es de muy largo plazo, entonces el aporte que hace el Profesional de 31 años, el cual no le ve sentido ahora, cuando esté próximo a jubilarse lo va a tener.
Comenta que si un profesional comienza a aportar a los 55 años cuando tendría que haber comenzado a los 31 años, está mal porque no aportó durante todos esos años.
Hay dos esquemas básicos, uno de beneficios definidos y otro de contribuciones definidas. El beneficio definido es el que se conoció siempre, el 82% del promedio salarial de los últimos 10 años; que define el monto del beneficio, luego se ve cuanto hay que aportar para definir dicho monto. En la realidad, en el sistema nacional se define el monto del beneficio, se le paga primero y después van viendo.
Indica que el sistema nacional paga y va a seguir pagando, pero hace cincuenta años, había un 20% que cobraba la mínima y hoy cobra la mínima el 80% de los jubilados.
Comenta que en La Caja se realizan aportes que se destinan a tres conceptos: los gastos de administración, costo del seguro y cuenta individual.
La “cuenta individual” genera intereses que van generando su saldo al momento de jubilación, para determinar el monto del beneficio inicial. Como la cuenta es individual, si una persona ingresa y fallece, entonces no tiene plata en su cuenta. Para ese concepto es que cumple su función el seguro: complementar los años que al fallecido le faltaba aportar para jubilarse.
Comenta que son todos solidarios con la persona que fallece o se invalida, porque no llegó a cubrir con sus aportes el saldo necesario para cobrar su jubilación o la pensión en el caso de los fallecidos.
Indica que eso no existe en un sistema de beneficio definido donde se paga a todos los jubilados el 82% del promedio de los últimos 10 años y si el profesional entra y se muere a los cinco años, le calcula el 82% del promedio de los cinco años por el 70%. Se define el monto del beneficio que le van a pagar a la esposa, y eso no sabemos quién lo financia porque ya está definido y a nadie le interesa como se paga.
Expresa que en La Caja está más claro, que el pago a una pensionada que tiene una edad de 65 años requiere de muchísimo más capital que el que la persona tiene en la cuenta. Y ese es el efecto que tiene el capital complementario. Si ésta persona hubiera seguido aportando, habría tenido una jubilación de $ 6.000. Como aportó dos años y falleció, se le coloca en su cuenta, la cantidad de dinero necesaria para que la esposa pueda cobrar el 75% de $ 6.000.
El Act. Fernando Martucci explica que hay un monto de beneficio inicial y ajustes periódicos, los que van generando la Reserva Matemática en un sistema que es “transparente”.
Comenta que si un profesional un año antes de jubilarse fallece, lo que cubre el seguro, es el año adicional que le faltaba para jubilarse. El monto del beneficio tiene una cuenta matemática muy complicada pero se resumen de esta manera: si el profesional tiene $ 200.000 en su cuenta, se divide en la cantidad de meses estipulados de vida, la cual para una persona de 65 años con derechohabientes es alrededor de 200 meses, o sea 18 años aproximadamente.
Indica que en el sistema de capitalización, mientras el afiliado está activo, el riesgo de inversión de cuanto rinden los fondos y el riesgo de supervivencia, salvo por la parte del seguro, lo cubre el afiliado. Una vez que se jubilan, el riesgo de supervivencia lo cubre la Caja.
Explica que el riesgo de Supervivencia es la cantidad de años más de los estipulados (200 meses), que vive el Jubilado o lo contrario; dado que el beneficio es vitalicio.
Cabe aclarar, que La Caja hoy tiene a 20 jubilados y pensionados, cobran mucho o poco, de acuerdo a las particularidades de cada uno y lo aportado; pero para cada uno, no solo tiene lo que le está pagando, sino también su reserva matemática. Esta es la valuación de todos los beneficios reservados hasta el día que fallezcan, en función de una probabilidad dada por la tabla de mortalidad.
Éste no es un tema menor, porque ANSES, no tiene reservada la pensión o la jubilación de todos los jubilados del país.
Explica que los beneficios se ajustan anualmente. Por ejemplo, en el 2015 la Caja rindió un 36%, por lo tanto los beneficios fueron ajustados en exceso del 4% (tasa técnica utilizada), un 31%. Si el rendimiento de La Caja fuera negativo, igual se garantiza el 4%.
En conclusión, cuanto más rindan los fondos de la Caja, más se ajustan los beneficios.
La Cra. Susana Sarasúa consulta cuánto cobraría de beneficio como mínimo un afiliado que se jubila ahora y que aportó diez años.
El Act. Fernando Martucci responde que La Caja comenzó con profesionales que ya tenían más de cuarenta años, los que acumularán menos en su cuenta de capitalización. Indica que si bien la tasa de aportes se pensó inicialmente para que todos los profesionales cobren lo mismo, hay muchos afiliados que se adhirieron al 50%, otros que optaron por aportar la mínima, otros que no aportan una cantidad de años por que no trabajan en forma independiente. Por lo tanto los profesionales que se jubilan hoy y los 20 beneficios que está pagando la Caja, no son representativos, porque no van a tener acumulado en su cuenta de capitalización una gran cantidad de dinero. Van a cobrar el beneficio por edad avanzada dado que no llegan a los 30 años de aportes requisito para la Jubilación Ordinaria.
El Cr. Gustavo De Volder consulta que pasa con los profesionales que se jubilaron por edad avanzada y tenía aportes en ANSES
El Act. Fernando Martucci explica que gracias al Convenio de Reciprocidad, se juntan la cantidad de años aportada, y se genera la posibilidad de dos Jubilaciones distintas, una abonada por el Estado y otra por la Caja.
Retomando el tema anterior, comenta que La Caja ajustó sus pasivos en el año 2015 un 31%, y ANSES ajustó un 33%.
Expone el siguiente ejemplo: “un afiliado que hoy entra a La Caja con 25 años y se jubila a los 65 años, aportando $ 1.000 mensuales, junta en su cuenta de capitalización $ 1.185.000 lo que le dará derecho a una jubilación de $ 6.500 considerando el cónyuge”.
Explica que el profesional que entra a los 30 años y en vez de aportar $ 1.000 aporta $ 1250, llega a acumular el mismo fondo y se jubila con el mismo importe o parecido. Y así sucesivamente con las siguientes categorías.
La escala de aportes, está confeccionada según las edades, para que todos lleguen a juntar la misma cantidad en su cuenta de capitalización. Depende de la edad en la que comienzan, el monto a aportar determinado por la cantidad de años que le faltan para jubilarse.
Indica que si el profesional por algún factor decide aportar el 50%, dejar de aportar o lo que fuera, implicaría menos dinero en su cuenta, por lo tanto menos haber jubilatorio. Por lo cual, seguramente vendrá dentro de 20 años a preguntarnos, porque la dejamos aportar menos, si ahora va a cobrar menos y no me alcanza para vivir.
Repite que es importante que los profesionales entiendan de donde sale el beneficio.
Con respecto al concepto de la “Solidaridad”, comenta que cada uno tiene que realizar su aporte para que le permita cobrar su propio beneficio. Y después serán solidarios con el efecto de mortalidad y de invalidez.
El Cr. Emilio Perticarini comenta que los afiliados que optaron por la categoría mínima, por tener más de cuarenta años en vez de pagar en la categoría que correspondía según la edad, no van a cobrar un importe significativo de haber jubilatorio y que dicha opción, es una de las que se propone modificar en ésta Asamblea extraordinaria.
El Act. Eduardo Martucci indica que está en desacuerdo con los aportes reducidos por lo que generan posteriormente, no alcanzar a acumular la suma necesaria para tener un buen haber jubilatorio.
Explica que para tener una jubilación de $ 10.000, deberían aportar $ 2.500 desde los 25 años.
Finalmente, expresa que los afiliados de La Caja, tienen que quedarse tranquilos, dado que lo que se está pagando, está en las inversiones, está en las cuentas individuales de cada uno, por lo tanto La Caja no se está comprometiendo a pagar algo que no puede o no va a poder pagar.
Indica que las cajas de jubilaciones funcionan, como funciona cualquier economía. El dinero que entra por un lado, sale por el otro. No hay generación mágica de riquezas. El que paga $ 1.000 a lo largo de 30 años, se va a Jubilar cobrando $ 5.000 y si cobra $ 10.000, otra persona está pagando la diferencia. No sabemos quién la paga ni cuánto tiempo la va a poder pagar.
Explica que los aportes de los profesionales son genuinos y de ellos, lo que les permite generar un nivel de beneficio. Si quieren más nivel de beneficio hay que aportar más.
Comenta que el nivel del aporte solidario funciona conceptualmente, pero si los profesionales no son solidarios con su propio aporte, eligiendo aportar el mínimo, menos lo van a ser con los demás y si se definen aportes que son insuficientes para luego reclamar un beneficio mínimo digno, solo va a cubrir un porcentaje de la gente.
Comenta que en una Caja mixta de reparto de capitalización, si se aporta $ 1.000, se va a cobrar cinco veces ese importe, pero para que ello ocurra, todos tienen que aportar si quieren que funcione.
En el Sistema Nacional, hoy aportando $ 150 se cobra una jubilación de $ 6.000; cuenta que no cierra en ningún sistema. Pero la mayoría de la gente opta por pagarlo porque es lo que más conviene sumado a que van a tener la obra social.
Explica que como el sistema Nacional no tiene principio lógico, no se puede comparar con la Caja. De hecho paga la jubilación mínima porque la saca de otro lado y la gente no quiere pagar rentas generales para que a otra persona le paguen una jubilación mínima cuando nunca hizo un aporte. Por lo tanto no tiene nada que ver con la dignidad.
Indica a los profesionales presentes, que antes de ver lo que van a cobrar de beneficio, primero tienen que ver lo que están aportando.
El Cr. Jorge Rojas expresa que la preocupación de todos es que con los cambios que hubo en los últimos años y lo que está sucediendo hoy, no conviene aportar a La Caja aparte del problema de la Obra social y que aportar al sistema autónomo les daría dos beneficios que hoy no tenemos. Consulta si hay algún análisis que indique que pasa si pasan a Autónomos.
El Cr. Emilio Perticarini indica que el tema de la obra social es un problema a resolver en el corto plazo. Con respecto al otro aspecto de decidir cerrar la Caja y pasar al sistema de autónomos, se consultó al Dr. Alejandro Lozano asesor de la Caja previsional de la Municipalidad de Neuquén, el que informó que el dinero no va a la cuenta de cada uno, sino que va al estado Nacional. Por lo tanto, el Cr. Emilio Perticarini expresa que la opción no es Autónomos o la Caja, la opción es buscar la manera de mejorar el futuro haber jubilatorio de todos los afiliados. Aportando más o buscando un convenio con el Consejo Profesional, para lo cual se necesitaría una ley que sea obligatoria.
El Act. Fernando Martucci explica que si el país sigue con una inflación del 30% para que los $ 1.000 de hoy no pierdan valor, hay que tratar de que la Caja genere rendimiento del orden del 36% como lo vino generando, pero también hay que elevar el nivel de aportes un 30% por más que no les guste a los afiliados.
El Cr. Silvio Rizza agradece en nombre de todos los profesionales presentes, al Actuario Fernando Martucci por las amplias explicaciones, manifestando su conformidad dado que han podido clarificar varias dudas de cómo funciona el sistema Previsional de la Caja.
El Cr. Perticarini continúa con la lectura de los artículos a modificar del Estatuto de la Caja.
PUNTO TRES: Modificación Artículo Nº 26 Estatuto Social.
Con respecto al artículo Nº 26 del Estatuto Social, El Cr. Perticarini comenta que tiene dos modificaciones, en primer lugar hace tiempo que se viene planteando el caso de los profesionales que se jubilan, siguen trabajando, en consecuencia continúan matriculados en el Consejo por lo cual, según el Estatuto deben seguir pagando la Caja. Explica que una de las modificaciones que se proponen es que el profesional que está en dicha situación, no esté obligado a pagar la Caja.
El Artículo Nº 26 vigente es:
Artículo Nº 26: Los aportes técnicos mensuales se determinarán en función de la siguiente tabla, la que podrá ser modificada por decisión de la Asamblea de Afiliados en virtud del artículo 8º Inc. g). Los mismos serán destinados íntegramente a la cuenta de capitalización individual.
Para el ajuste del valor de los aportes, se tomará como referencia la variación del índice de precios al consumidor, o el que lo sustituya, siendo la Asamblea Ordinaria de Afiliados, quien determinará en cada caso, el monto del ajuste y fecha de vigencia para su aplicación.
Aquellos afiliados que ingresen a la Caja con edad igual o mayor a los 40 años, podrán optar por realizar los aportes que correspondan a los que ingresan con una edad igual o mayor a los 25 años, en tal caso las prestaciones establecidas en el Art. 39º serán proporcionales al capital aportado.
Aquellos profesionales que manifiesten, mediante declaración jurada, encontrarse obligados a efectuar aportes previsionales en razón del ejercicio de su profesión en relación de dependencia a otros sistemas previsionales, podrán optar por una reducción en un cincuenta por ciento (50%) del importe de los aportes técnicos que le corresponderían según su categoría. El cargo por gastos de administración que le corresponderá, será el mismo importe de la categoría plena, por la que opta la reducción. Las prestaciones establecidas en el Artículo 39º serán proporcionales a los aportes realizados. El Consejo de Administración reglamentará la mecánica a aplicar en los casos que el afiliado ejerza el derecho de opción para disminuir el aporte o, en su defecto, para volver a realizarlo normalmente.
Los Jóvenes Profesionales, menores de 27 años y cuyo título profesional tenga una antigüedad inferior a tres años, podrán optar por no abonar los aportes técnicos obligatorios durante los seis primeros meses desde su afiliación, renunciando a la acreditación de los mismos en su cuenta particular.
PROPUESTA MODIFICACION
Artículo Nº 26: Los aportes técnicos mensuales se determinarán en función de la siguiente tabla, la que podrá ser modificada por decisión de la Asamblea de Afiliados en virtud del artículo 8º Inc. g). Los mismos serán destinados íntegramente a la cuenta de capitalización individual.
Para el ajuste del valor de los aportes, se tomará como referencia la variación del índice de precios al consumidor, o el que lo sustituya, siendo la Asamblea Ordinaria de Afiliados, quien determinará en cada caso, el monto del ajuste y fecha de vigencia para su aplicación.
Aquellos profesionales que manifiesten, mediante declaración jurada, encontrarse obligados a efectuar aportes previsionales en razón del ejercicio de su profesión en relación de dependencia a otros sistemas previsionales, podrán optar por una reducción en un cincuenta por ciento (50%) del importe de los aportes técnicos que le corresponderían según su categoría. El cargo por gastos de administración que le corresponderá, será el mismo importe de la categoría plena, por la que opta la reducción. Las prestaciones establecidas en el Artículo 39º serán proporcionales a los aportes realizados. El Consejo de Administración reglamentará la mecánica a aplicar en los casos que el afiliado ejerza el derecho de opción para disminuir el aporte o, en su defecto, para volver a realizarlo normalmente.
Los Jóvenes Profesionales, menores de 27 años y cuyo título profesional tenga una antigüedad inferior a tres años, podrán optar por no abonar los aportes técnicos obligatorios durante los seis primeros meses desde su afiliación, renunciando a la acreditación de los mismos en su cuenta particular.
Los Jubilados por este régimen que sigan matriculados y ejerciendo la profesión, quedan excluidos de la obligación de aportar a esta Caja.
Los Jubilados por otros regímenes previsionales, que se matriculen en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro, y tengan domicilio real en la provincia, podrán solicitar la eximición del pago del aporte. Dicha solicitud será elevada al Consejo Directivo, quien resolverá mediante resolución fundada.
Luego de debatir al respecto y habiendo llegado a un consenso entre los presentes, se aprueba por unanimidad la redacción del Artículo Nº 26 del Estatuto Social, transcripto en el párrafo anteriormente presentado.
PUNTO CUATRO: Varios.
El Cr. Emilio Perticarini manifiesta que de las consultas resulta importante concluir que es necesario resolver el tema de la Obra Social para nuestros jubilados retomando la comunicación con las Autoridades de PAMI, IPROSS y buscando nuevas alternativas.
Asimismo y luego de todo lo debatido y las propuestas presentadas por los presentes en ésta Asamblea, seguir buscando alternativas para acrecentar el beneficio jubilatorio futuro.
No habiendo más temas que tratar, y siendo las 22:00 hs. el Cr. Silvio Rizza agradece la participación de todos los presentes y da por concluida la Asamblea Extraordinaria.