VISTO:
Las atribuciones otorgadas al Consejo de Administración por el Art. 16º inciso. a), h) y k);
Lo dispuesto por el Art. 57°;
Ambos del Estatuto de la CSSPCERN; y la resolución 39º;
CONSIDERANDO:
Que la mencionada resolución 39º establece el sistema de Autoseguro de la Caja, que cubre el capital complementario para abonar los montos de pensión por muerte, o pensión extraordinaria por invalidez;
Que de acuerdo a los estudios actuariales realizados por nuestros asesores, dicho monto fue establecido en $ 200.000;
Que actualizados los mencionados estudios se debe actualizar dicho monto;
Por lo que:
El Consejo de Administración de la Caja Previsional
y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas
de la Provincia de Río Negro
RESUELVE:
Artículo 1º: Establecer como capital máximo de riesgo por siniestro individual, para cubrir por el Autoseguro en la suma de $ 750.000,00 (Pesos setecientos cincuenta mil con 00/100).
Artículo 2º: Reemplazar en la Resolución 39º el tope considerado de $ 200.000,00 (Pesos doscientos mil con 00/100) en todos sus artículos por el nuevo monto determinado en el artículo 1º.
Artículo 3º: A los efectos que correspondan, publíquese en la página de la Caja Previsional el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro, dése a publicidad en la página Web del C.P.C.E.R.N. Cumplido, archívese.
Cipolletti,03 de Abril de 2019
Consejo Directivo
Consejo de Administración