VISTO:
Las atribuciones otorgadas al Consejo de Administración por el Art. 16º inciso a), h) y;
CONSIDERANDO:
Que se está llevando adelante una gran campaña de recupero de afiliados morosos, tanto a través del estudio jurídico como desde la administración;
Que se han recibido varias consultas de aquellos afiliados que se encuentran regularizando su deuda con el asesor legal de La Caja, dado que no pueden pagar la cuota que se deriva del cálculo establecido en el convenio.
Que lo importante es lograr que los afiliados regularicen sus deudas mediante cuotas que puedan cancelar de acuerdo a la realidad y no generar planes de pago que no puedan ser cancelados;
Por lo que:
El Consejo de Administración de la Caja Previsional
y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas
de la Provincia de Río Negro
RESUELVE:
Artículo 1º: Establecer que la cantidad de cuotas de los planes de pago de las deudas en gestión judicial será igual al cociente entre el total de la deuda y el 50% del valor del Aporte Previsional de la categoría a la cual pertenece el afiliado.
Artículo 2º: Hacer extensivo este mecanismo de cálculo de cuota para los planes de pago de aquellos afiliados que tienen deuda corriente.
Artículo 3º: En el caso de aquellos afiliados que planteen situaciones particulares y que por su situación económica necesiten mayor cantidad de cuotas de las que surge del mecanismo establecido en la presente Resolución, el Consejo de Administración evaluará las mismas sin que esto signifique sentar un precedente.
Artículo 4º: A los efectos que correspondan, dése a publicidad en la página web de La Caja Cumplido, archívese.
Cipolletti, 09 de Abril de 2015
Consejo Directivo
Consejo de Administración