VISTO:
Las atribuciones otorgadas al Consejo Directivo por el Art. 14 r)
Lo resuelto por la Asamblea General Ordinaria (fuera de término) de la Caja, realizada el 6 de Agosto de 2011 en la ciudad de Cipolletti que decide “autorizar al Consejo Directivo de la Caja a que realice dos aumentos anuales de los aportes en los períodos de Marzo y Septiembre de cada año, equivalente al ajuste del régimen de autónomos, siendo en esta oportunidad el ajuste del período Septiembre 2012 con vencimiento en Octubre”;
CONSIDERANDO:
Que por Res 327/2012- ANSES (B.O. del 23/08/2012) se aprobó el aumento semestral para los Aportes de los Trabajadores autónomos de un 11,42%.
Que el Consejo Directivo y el Consejo de Administración en reunión plenaria trataron el aumento, en cumplimiento de lo resuelto por la Asamblea de la Caja.
Que la mencionada Asamblea lo decidió para proteger el valor del aporte y por ende de los beneficios de los afiliados;
Por ello:
El Consejo de Administración de la Caja Previsional
y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas
de la Provincia de Río Negro
RESUELVE:
Artículo 1º:
Aplicar el 11,42% de aumento a la escala de Aportes Previsionales General y a la escala de Aportes Res. Nº 31 a partir de los aportes correspondientes al período Septiembre de 2012 cuyo vencimiento se produce en Octubre del 2012.
Artículo 2º:
Aprobar las escalas de aportes detalladas en el Anexo I que es parte integrante de esta resolución.
Artículo 3º:
Establecer que los afiliados adheridos al Débito automático deberán notificar de forma fehaciente la interrupción de su adhesión, caso contrario se da por autorizado el débito de los nuevos valores.
Artículo 4º
A los efectos que correspondan, dése a publicidad en el Boletín oficial de la Provincia de Río Negro, en la página web del C.P.S.S.C.E.R.N. Cumplido, archívese.
Cipolletti, 05 de Septiembre de 2012
Consejo Directivo
Consejo de Administración
ANEXO I
De la Resolución Nº 33
Caja Previsional y de Seguridad Social para los profesionales de Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro.
Nueva Escala Aprobada
|
Nueva Escala Aprobada – Res. Nº 27 (2)
|
|||||||||
Edad de ingreso de los afiliados (1)
|
Capital Técnico
|
Gastos
|
Seguro
|
Total
|
Edad de ingreso de los afiliados (1)
|
Capital Técnico
|
Gastos
|
Seguro
|
Total
|
|
25-29
|
295,00
|
44,25
|
60,00
|
399,25
|
25-29
|
148,00
|
44,25
|
60,00
|
252,25
|
|
30-34
|
376,00
|
56,40
|
60,00
|
492,40
|
30-34
|
188,00
|
56,40
|
60,00
|
304,40
|
|
35-39
|
491,00
|
73,65
|
60,00
|
624,65
|
35-39
|
246,00
|
73,65
|
60,00
|
379,65
|
|
40-44
|
653,00
|
97,95
|
60,00
|
810,95
|
40-44
|
327,00
|
97,95
|
60,00
|
484,95
|
|
45-49
|
911,00
|
136,65
|
60,00
|
1.107,65
|
45-49
|
456,00
|
136,65
|
60,00
|
652,65
|
|
50
|
1.335,00
|
200,25
|
60,00
|
1.595,25
|
50
|
668,00
|
200,25
|
60,00
|
928,25
|
(1) La Edad de Ingreso a la Caja, marca la escala en la que se aportará hasta el momento de la Jubilación.
(2) Resolución Nº 27, opción de aportar el 50 % de Capital Técnico.