En la ciudad de Cipolletti, a los 27 días del mes de Mayo de 2022 siendo las 19:10 hs., se reúnen los afiliados de la Caja Previsional y de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Río Negro en Asamblea Anual prevista en el Art. 8º del Estatuto Social, en el domicilio Italia 235 cuidad de Cipolletti, Provincia de Río Negro. Tomada la asistencia y habiéndose logrado el quórum establecido por el Art. 11 del Estatuto Social, se da por iniciada la Asamblea para tratar el siguiente:

Orden del día

Designación de dos profesionales presentes para suscribir el acta conjuntamente con el Presidente y Secretario.

Consideración de la Memoria, Estados Contables, sus Notas y Anexos, comprendidos entre el 01 de Enero de 2021 y el 31 de Diciembre de 2021. Presentación del Informe de la Comisión Fiscalizadora.

Toma de conocimiento del Dictamen Profesional Técnico-Actuarial al 31 de Diciembre de 2021.

Consideración del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el período que abarca desde el 01 de Abril de 2022 al 31 de Marzo de 2023.

Tratamiento de las ponencias sobre las cuestiones de interés general para el mejor y más eficiente funcionamiento de la Caja Previsional.

Asunción de nuevas autoridades.

Punto Uno

Designación de dos profesionales presentes para suscribir el acta conjuntamente con el Presidente y Secretario.

La Cra. Silvia Crespo mociona que la Cra. Flavia Pedrosa y el Cr. Edgardo Molinaroli firmen el acta de Asamblea. No habiendo objeciones se da por aprobada la moción.

Punto Dos

Consideración de la Memoria, Estados Contables, sus Notas y Anexos, comprendidos entre el 01 de Enero de 2021 y el 31 de Diciembre de 2021. Presentación del Informe de la Comisión Fiscalizadora.

Se pone en tratamiento el tema. El Cr. Sebastian Rizza da lectura a la memoria exponiendo los puntos más importantes. Indica que, al 31 de diciembre de 2021, el total de los afiliados a la Caja desde el inicio era de 1.286 con la composición que indica el cuadro respectivo. Los nuevos afiliados del periodo fueron 35, de los cuales, algunos optan por la matricula reducida o licencia por no ejercer en forma independiente.

El Cr. Rizza Sebastián informa a los presentes, que en diciembre de 2021 se puso en vigencia la Resolución 83, la cual permite a los profesionales acreditar sus años de aportes a otros regímenes, los cuales son descontados de su edad al momento de afiliación, permitiéndole abonar una escala menor. Con dicha resolución, se respondió a las solicitudes de varios profesionales que querían matricularse en el Consejo y no lo hacían por la imposibilidad de abonar el importe asignado por la escala según su edad.
Con respecto a la morosidad, sufrió un incremento del 1,75% respecto al ejercicio anterior, relacionado seguramente con que todavía se tiene algunos efectos causados por la pandemia. Indica que, al ser tan dinámico, los profesionales se van regularizando paulatinamente.

Se continúa con el cobro de Planes de Pagos en Gestión Judicial y con la gestión administrativa para la regularización de deudas.

Continuando con las Prestaciones Previsionales, el Cr. Sebastián Rizza comenta que durante el periodo 2021 se han registrado 13 nuevos beneficiarios; y al cierre del ejercicio la Caja se encontraba abonando 77 beneficios compuestos de la siguiente forma: 16 (dieciséis) pensiones por fallecimiento, 59 (cincuenta y nueve) Jubilaciones por edad avanzada y 2 (dos) Jubilaciones Extraordinarias por Incapacidad. En el mes de marzo se abonó a los pasivos en concepto de importe adeudado por ajuste de rentas 2021 la suma de $1.255.017,57.

El Cr. Rizza Sebastián indica que, en lo que respecta a las inversiones, la composición al 31 de diciembre 2021 era del 22% en pesos y el 78% en dólares. En este punto aclara que La Caja adopto la política de dolarizar la mayor parte de las inversiones, lo cual conlleva a que se genere una rentabilidad y títulos públicos que representan un 73.62% de la inversión total, mientras que el 26,38 % se encuentran en Fondos comunes de Inversión y otros. Dicha cartera distribuida en las operadoras TPCG, PUENTE y BALANZ, con quienes se mantiene continua y plena comunicación.

El Cr. Rizza Sebastián indica que la Rentabilidad global nominal obtenida durante el año 2021 por los fondos previsionales, fue de 45,19% según el informe Actuarial respectivo. En la memoria se exponen varios cuadros entre los cuáles se encuentran las distintas inversiones y un comparativo entre las rentabilidades anuales y el IPIM (índice de Precio Mayorista) más 4% que es el porcentaje mínimo garantizado que establece nuestro estatuto.

Asimismo, aclara que, las tres operadoras indicaron que en todo lo que tiene que ver con renta previsional, las inversiones se están volcando a títulos a renta de economía real, es decir invierten en empresas que funcionan como fondos y se encargan por ejemplo de construir inmuebles. Dichas empresas se costean con los fondos, denominado economía tangible. Indica que a diferencia de los títulos cuya volatilidad podía hacer peligrar la rentabilidad de la Caja, y como se tiene un periodo mayor para trabajar dichos fondos, se opta por este tipo de inversiones, resguardando a la cartera de la volatilidad de los bonos por las políticas locales.

EL Cr. Rizza Sebastián expresa que en 2021 la rentabilidad fue del 45,19%, lo que permitió mantener los valores de las cuentas de capitalización individual, y desde el 2008 cuando fue la rentabilidad negativa, se fueron obteniendo rendimientos positivos, en la mayoría de los años por encima de la Inflación.

El Cr. Sebastián Rizza consulta a los presentes si hay alguna pregunta sobre la Memoria y los Estados Contables, haciendo referencia a que se encuentra presente la auditora Cra. Silvana Morales.

El Cr. Ignacio De Ilzarbe pide la palabra y consulta si las inversiones en títulos públicos están en Argentina o afuera.
El Cr. Rizza responde qué en el Balance, inversiones no corrientes, puede ver el detalle de estas en pesos y dólares, en Argentina y Uruguay.

El Cr. Carlos Mazzara pide la palabra e indica que, mirando en Balance, la Caja tiene alrededor de mil millones de pesos invertidos en distintas alternativas, y lo que no se encuentra es la relación entre los fondos invertidos y lo que se devuelve a través de las prestaciones a los afiliados jubilados. Indica que es claro el cuadro de la memoria que indica a pagar $ 617.323,18 por mes, sobre un total de $ 93.628.568,99 de la reserva matemática de las cuentas particulares de los jubilados. Hace esta relación indicando que es algo que van a plantear otros colegas con los que ha tenido la oportunidad de hablar.

Continuando, el Cr. Mazzara expresa que está de acuerdo con los estados contables, con la salvedad de que esta Caja es de prestación obligatoria donde los afiliados a partir del momento que la persona se jubila tienen que recibir el capital que acumulo en su cuenta particular, más la rentabilidad generada por el mismo. Indica que luego va a explicar porque no comparte el criterio de la metodología de liquidación de los haberes y de cómo se proyectan en el futuro.

El Cr. Sebastián Rizza expresa al Cr. Mazzara, que, si le parece, se deja su planteo para el punto 5 de ponencias y procede a consultar a los presentes si están de acuerdo con la aprobación del Punto 2: Consideración de la Memoria, Estados Contables, sus Notas y Anexos, comprendidos entre el 01 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021. Presentación del Informe de la Comisión Fiscalizadora.

El Cr. Mazzara expresa que por lo expuesto se abstiene de aprobar el punto 2.

El Cr. Sebastián Rizza indica que, no habiendo más consideraciones, se da por aprobado el Punto 2 con abstención del Cr. Carlos Mazzara.

Punto Tres

Toma de conocimiento del Dictamen Profesional Técnico –Actuarial al 31 de diciembre de 2021.

El Cr. Sebastián Rizza da lectura al Dictamen Actuarial del Estudio Dr. Eduardo Melinsky. Indica que se encuentra presente el Actuario Fernando Martucci como en asambleas anteriores y consulta a los presentes si hay alguna inquietud o se procederá a la votación.

El Cr. Mazzara indica que por lo expuesto anteriormente se abstiene de votar la aprobación del punto.

No habiendo otro comentario, se da por aprobado el PUNTO TRES: Toma de conocimiento del Dictamen Profesional Técnico –Actuarial al 31 de ddiciembre de 2021, con la abstención del Cr. Mazzara.

Punto Cuatro

Consideración del cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el período que abarca desde el 01 de Abril de 2021 al 31 de Marzo de 2022.
Se pone en tratamiento el tema. El Cr. Sebastian Rizza informa que se ha puesto a disposición de los afiliados el cálculo de recursos y presupuesto de gastos, así como las bases de cálculo.

Explica a los presentes que la Caja tiene un sistema muy complejo, el cual fue creado en el año 1999. Dicho sistema este año colapsó en el cálculo de los numerales para la rentabilidad, por cantidad de dígitos, superando los 9. Dado que ya se había comenzado con el sistema nuevo, se hizo trabajo contra reloj para poner en marcha el módulo nuevo de distribución de rentabilidad. Indica que cómo podrán ver en una de las líneas del presupuesto, hay un monto importante destinado al sistema y el equipamiento para ir poniéndolo en marcha. Comenta que dicho monto y el de sueldos son los más relevantes.

Continuando, el Cr. Sebastián Rizza, expresa que se prevén los aumentos de cuotas en forma cuatrimestral: junio, setiembre diciembre y marzo; intentando mantener los saldos de capitalización en el contexto inflacionario que se vive.

Comenta que el año pasado se propuso en la asamblea, dejar sujeto el aumento del mes de marzo a algún factor externo, como por ejemplo que se dispare más la inflación. Indica que para este año se propone un ajuste efectivo anual del 61,6 %, en línea con las previsiones de inflación que no está bajando del 6% mensual.
Para las partidas de ingresos, se prevé un aumento de los recursos del 45,40 % respecto de ejecutado 2021/2022 y una partida de gastos con un aumento de 73,49 %, por lo expresado anteriormente sobre la inversión en el sistema.

El Cr. Sebastián Rizza consulta a los presentes si hay alguna pregunta con respecto al presupuesto. Dado que no hay respuesta, se somete a la aprobación de la Asamblea el Punto 4: Consideración del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el período que abarca desde el 01 de abril de 2022 al 31 de marzo de 2023. No habiendo abstenciones, se da por aprobado por unanimidad el punto 4.

Punto Cinco

Tratamientos de las ponencias sobre las cuestiones de interés general para el mejor y más eficiente funcionamiento de la Caja Previsional.
El Cr. Sebastián Rizza le da la palabra el Cr. Carlos Mazzara.

El Cr. Mazzara comenta que el Art. 50 del Estatuto, en el segundo párrafo debió ser reformulado hace bastante tiempo, dado que las cuestiones legales que se invocan en la Ley 24241, directamente no existen. Indica que va a mencionar otro tema, el cual se le denegó en el planteo que hizo por carta documento, donde invoca determinadas leyes que son fundamento para el estatuto de nuestra Caja. Expresa que, desde el punto de vista legal, se tiene que arbitrar todos los medios para que el estatuto esté enmarcado en las leyes que tienen relación con la Caja. Comenta que las leyes que se deben tener en cuenta, según el abogado, son la Ley 24241 a pesar de que es la única ley que se invoca en el estatuto, responde a que está fundamentado en estas otras normativas del orden provincial.

El Cr. Mazzara indica que esas normativas, lo único que determinaban era la facultad de las provincias de establecer sus regímenes previsionales, y también a los Consejo Profesionales de establecer regímenes obligatorios para los afiliados. Expresa que la Ley provincial que da origen solamente habla de este tema, no menciona reglamentaciones de cómo se debe pagar.

El Cr. Mazzara comenta que se invoca este argumento para decir que no se puede tener en cuanta otra posibilidad. Desde el punto de vista provincial, para dar fundamento a lo que debería aplicar la Caja y esa normativa también se modificó, el decreto provincial 2086 del año 1994 que reglamentaba la Ley 2795 que es derogada por la adhesión que hace la provincia al sistema nacional, el decreto 721 del 1.996. Se ratifica la transferencia del sistema previsional de Río Negro al Sistema Nacional.

La Cra. Crespo indica que las Cajas de la Provincia pasaron, no la Cajas de los profesionales, que son autónomas.

El Cr. Mazzara indica que la fundamentación que se da desde esta Caja es que como hay una ley provincial, no podemos hablar de la Ley 24.241, pero lo único que se habla en el Estatuto es de la Ley 24241.

La Cra. Crespo indica que se habla del haber jubilatorio, no de la renta vitalicia, porque la Caja no tiene renta vitalicia, tiene un cálculo actuarial para un haber jubilatorio. Expresa que la Ley 24241 preveía una renta vitalicia o que el aportante de la AFJP pidiera retirar su dinero, una renta vitalicia o retirarlo en cuotas. En cambio, la ley provincial y el estatuto que es nuestra ley dice que la única manera de otorgarle los fondos de capitalización de los afiliados es a través de los beneficios jubilatorio.
El Cr. Mazzara indica que el estatuto dice claramente renta vitalicia previsional.

La Cra. Crespo indica que se lo llama así porque es la forma de realizar el cálculo.

El Cr. Sebastián Rizza le pide al Cr. Mazzara que indique la propuesta formal.

El Cr. Mazzara expresa que puntualmente, lo que menciona el Art. 50 del Estatuto, no tiene basamento legal. Que no existe en Argentina la renta vitalicia previsional para un beneficio jubilatorio, que tampoco existen las normativas de la superintendencia para aplicarlo a un régimen jubilatorio. Indica que solamente se aplican para el caso de rentas que se generan con los fondos que se pueden establecer con una compañía de seguros. Indica que el sistema que nombró la colega aplicaba esas 3 formas de devolución que existían, de la Ley 24241. El afiliado por su propia voluntad elegía de que forma se le devolvía el dinero entre estas 3 alternativas. Explica que para que la persona pudiera tener una renta vitalicia previsional, tenía que ir a una compañía de seguro y contratar una póliza de seguro que era lo que le daba garantía al sistema porque era plata del afiliado. Indica que, en el estatuto de la Caja, se toma una sola alternativa y supuestamente no se menciona ninguna otra.

La Cra. Crespo enumera del Estatuto los beneficios que otorga la Caja y remarca que el dinero no se devuelve todo junto.

El Cr. Mazzara indica que el problema es el cálculo con una renta vitalicia previsional que no existe y que se sigue aceptando la determinación.

El Cr. Rizza Sebastián indica que por favor pidan la palabra y se la otorga al Cr. Silvio Rizza, el cual expresa que la persona indicada para evacuar dudas y explicar los conceptos profundos que se están discutiendo es el Actuario Fernando Martucci que se encuentra presente.

El Cr. Rizza Sebastián le otorga la palabra al Actuario Fernando Martucci.

El Act. Fernando Martucci saluda a los presentes y expresa que intentará explicar, que sucedería si se decidiera pagar los beneficios de otra forma, pero antes aclarará el concepto de “renta vitalicia previsional”. Indica que todos los beneficios que se pagan en forma vitalicia son rentas vitalicias. Que el concepto de renta vitalicia del que se está hablando, y que paga la Caja, tiene en cuenta el grupo familiar. Por ejemplo, si se tiene $ 100.000 en la cuenta, se hace una estimación para ver en cuanto tiempo se debe devolver según la expectativa de vida del grupo familiar.

El Act. Martucci expresa que el sistema funciona como cualquier otro sistema que va pagando a medida que la persona se mantiene con vida, y el beneficio se ajusta según el rendimiento de los fondos invertidos. Se utiliza una tasa de interés técnica real que indica que los fondos van a rendir al menos un 4%. Explica que lo que permite ese ajuste, es acompañar el rendimiento de las inversiones con los ajustes de los beneficios. Si el rendimiento de las inversiones de todos los años es igual a la inflación más el 4%, los beneficios se irán ajustando conforme a la inflación todos los años. En consecuencia, el profesional va a cobrar en términos reales siempre lo mismo porque es en términos de inflación. En la práctica no siempre es ajustado por inflación, a veces es más y a veces es menos, pero los rendimientos de la Caja han sido relativamente cercanos a la inflación y por eso los ajustes de los pasivos, han tenido que ver con la inflación.

El Act. Fernando Martucci indica que, volviendo al concepto de renta vitalicia, lo que se puede proponer es otro sistema de cálculo del monto de beneficio. La renta vitalicia tiene una cuestión técnica, que considera con tablas de mortalidad, la expectativa de vida; intentando ser justo en cuanto al dinero que se le va a abonar a la persona mientras está viva. Lo que se tiene que chequear de los otros sistemas, es si cumplen el beneficio último de la caja, el cual es que el importe que cobra el jubilado sea parecido durante toda su vida pasiva, hasta que fallezca. Y no que ocurra, qué si retiró el 50% del saldo, después no alcance para abonarle el resto de su vida.
Continuando, el Act. Martucci explica que había dos esquemas básicos con la ley 24241, la renta vitalicia previsional que daba la compañía de seguro y el retiro programado. En la primera uno cedía el riesgo de supervivencia a la compañía de seguro, en la segunda no. Eso quiere decir que, si el afiliado realizaba un retiro programado y a los dos días fallecía, el dinero que quedaba en el retiro programado iba a herederos legales. Los fondos eran siempre del afiliado, pero llegaría un momento en que los fondos no iban a alcanzar. Indica que siempre se decía: si vos pensas morirte elegí un retiro programado, si pensas sobrevivir, elegí una renta vitalicia, porque el riesgo de supervivencia lo sufre la renta vitalicia.

Comenta que luego existía como excepción, un retiro fraccionario, solo para los que tenían un monto de beneficio bajo, que cobrarían por un determinado tiempo hasta que se agote.

El Cr. Mazzara pide la palabra e indica que la explicación es muy clara y que como indicó el Actuario podían retirar los fondos y eran siempre del afiliado. Indica que por eso la Ley daba tres alternativas y para que el afiliado optara por una o por otra, el mismo tenía que expresar su voluntad y contratar la póliza de seguro. Comenta que hoy las personas que están cobrando con renta vitalicia, están con demanda judicial donde establecen que tienen que cobrar el mínimo jubilatorio con la movilidad del régimen nacional.

El Actuario Fernando Martucci indica que el afiliado no podía retirar los fondos que quería, decidía retirar un importe mensual pero después se agotaba antes de tiempo.

Prosiguiendo con el planteo, el Act. Martucci indica si se decide distribuir el dinero de forma diferente, se dejará de lado el concepto de renta vitalicia en cuanto a la formula actuarial que tiene en cuenta la expectativa de vida. Expresa que el objetivo último de la previsión social es darle a una persona la previsión de que va a cobrar un beneficio de por vida.

La Cra. Ibáñez Gloria pide la palabra y consulta porque no se puede retirar todo. Expresa que se jubiló el año pasado, con un saldo de capitalización de $ 1.200.000,00 aproximadamente y su haber es de $ 6.400,00. Comenta que, si ese saldo lo hubiera percibido y puesto en Plazo Fijo, estaría ganando $ 56.000 de interés y si hubiera elegido Plazo Fijo UVA estaría sacando más. Según la Contadora Ibáñez, los $ 6.500 son un despropósito.

El Cr. Molinaroli pide la palabra e indica que cuando se habla de intereses, en este momento es muy particular porque como la inflación es muy alta, la tasa de interés también, lo que puede durar un mes, seis meses o un año, con lo cual el planteo no es sólido; porque la tasa de interés puede bajar al 5% anual, por lo tanto, no se puede mantener.
El Cr. Mazzara pide la palabra e indica que el análisis que hará el Actuario, es una de las alternativas que planteo. Indica que lo que propuso él, es analizar y ver cuál es el punto de equilibrio en ellas. Distribuir en la medida que se obtiene la rentabilidad. Comenta que lo que ocurrió antes es que en los últimos 10 o 15 años, la tasa no ha bajado del 20% y que tiene claro lo que son las rentas financieras y no se materializan hasta que no se realizan.

El Actuario Martucci presenta un ejemplo numérico: el afiliado tiene $ 677.000 acumulados en la cuenta y se jubila. La Caja le paga $ 3689 iniciales ajustables por rendimiento de inversión. Si la inflación es del 30%, la tasa nominal anual que rinde un plazo fijo es de 35%, podría retirar todos los años $ 238.000 de intereses, como indicaba la Cra. Ibáñez. En lugar de retirar $ 62.350 (13 meses de la prestación inicial) puede retirar $ 238.000. Si toma los $ 677.000 lo coloca a Plazo fijo, da más de los que paga la Caja. Pero consulta: ¿qué pasa cuando lo proyecta a través del tiempo? Lo muestra el siguiente cuadro

El Act. Martucci explica que el beneficio de la Caja evolucionaría a través del tiempo con una inflación del 30% y un rendimiento del 35%. El afiliado comenzaría cobrando $ 62.350, luego $ 81.000, luego $ 105.000, y así iría evolucionando ajustado por inflación. Si lo expresamos en términos reales, a dinero de hoy, la Caja siempre paga $ 47.961 anuales. Mientras que el beneficio que retiro del banco por los saldos va a ser en términos reales decrecientes, los primeros años va a retira mucho más, pero a costa de que después será mucho menos.

El Cr. Mazzara pide la palabra e indica que en el periodo 7 se produce un punto de equilibrio, ahí es donde el afiliado debe dar una conformidad para no comenzar a perder, porque hasta ese periodo ganó una diferencia enorme y lo que vale es lo que cobra.

El Actuario Martucci indica que lo que se busca con una jubilación es cobrar en términos reales siempre lo mismo y que se garanticen el cobro hasta que fallezca. Indica que si el afiliado supiera cuando se va a morir, tendría que hacer el razonamiento que hace el Cr. Mazzara. Si sabe va a llegar al periodo 7 y nada más, preferiría el dinero, ahora si va a llegar al periodo 15 o más, estará cobrando $ 4.656 contra la Caja que me va a estar pagando $ 47.961.

El Act Martucci expresa que el sistema como está planteado garantiza que la persona cobre el valor del beneficio en función de su expectativa de vida ajustado por inflación y que no sea decreciente en términos reales.

Concluyendo, se puede pensar en hacer rendir mejor los fondos, que no va a vivir todo ese tiempo, o puede pensar que va a vivir mucho más.
Los montos nominales de la plata que cobrará están por arriba durante los primeros 7 años, pero después está por debajo. El concepto que distorsiona todo es la inflación.

El Cr. Gondolo pide la palabra y consulta si se está liquidando el haber en función de los que establece el estatuto, dado que la discusión se presenta cada dos o tres años, sobre un tema que se votó y se aprobó en su momento.

El Act. Martucci expresa que no le parece malo discutirlo, pero indica que no se puede cometer una equivocación basada en análisis que son erróneos. Si se le saca la inflación al Plazo Fijo para no descapitalizarse, no van a quedar los $ 30.000.

Cra. Ibáñez pide la palabra he indica que un plazo fijo uva con un 1% de interés le parece mucho más atractivo que los $ 6000 que cobra por mes.

El actuario indica que el concepto inflación no se puede retirar para vivir, dado que es lo que le permite mantener el poder adquisitivo.

El Cr. Perticarini pide la palabra y comenta que el fondo lo que se está discutiendo es si se quiere un sistema jubilatorio con la Caja Previsional o no. Expresa que el sistema está garantizado por la Constitución Nacional. Por otro lado, está ANSES y el estado que garantiza una prestación para cuando ya no se trabaje. Dicha prestación nunca va a cubrir el ingreso que se tiene cuando está activo. Lo único que busca el estado es que la persona que deja de trabajar tenga un ingreso y que alguien se lo dé en el tiempo. El estado da Autónomos, el sistema de la Caja da $ 6.400, pero es el mismo esquema, lo que está asegurando el sistema es un pago periódico hasta que el afiliado fallezca.

El Cr. Perticarini indica que los presentes son todos Contadores, que razonablemente pueden pensar que no van a tener el estándar de vida siendo jubilados, que el que tienen hoy trabajando, con esta caja o con cualquier otra. Expresa que es irrisorio. Este es el sistema que se puede tener y se puede pedir más porque cada uno hace el aporte de los ingresos que tiene hoy según la escala.

Recuerda a los presentes, que siempre se pone como ejemplo el cálculo jubilatorio del Cr. Sebastián Rizza, cuya proyección da aproximadamente $ 51.000, no son los $ 6.000 de la Cra. Ibáñez y es por la expectativa de vida y porque va a aporta en un periodo donde se mantuvo el valor del aporte ajustado por inflación. La Cra. Ibáñez como muchos, optó cuando ingreso a la Caja por aportar la categoría mínima. Luego hubo un periodo de 7 u 8 años donde no se ajustó el aporte por decisión de la Asamblea. Entonces pagamos $ 72 y lo mantuvimos durante 7 años, lo perdimos como aporte y no es culpa del sistema.

El Cr. Silvio Rizza pide la palabra y comenta que cuando comenzaron con la Caja era porque no se quería pagar autónomos, $ 245 contra $ 72, todos felices.

Con el paso de los años todo fue cambiando. Indica que hoy paga autónomos, relación de dependencia, la caja, una jubilación municipal y además un seguro de retiro. Y seguramente, cuando vaya a cobrar, será menos de lo que pagó.

Indica que no hay que olvidar la posibilidad de tener a profesionales sentados adelante explicando y rindiendo cuenta de lo que se hace, cosa que el estado argentino jamás en su vida hizo y siempre que pudo nos sacó todo lo que se podía llevar. Entonces que hoy coyunturalmente estemos viviendo esto, puede que nos lleve a tener ciertas dudas, pero no hay que olvidar de cuál fue el origen, que fue lo que se decidió y que es lo que está pasando.

Por último, el Cr. Silvio Rizza expresa que varias veces escuchó que esto es como ir al banco, si pones $ 1.000 y pedís $ 2.000 te van a decir que no pusiste ese dinero, tenemos que reconocer que muchos nos acordamos tarde y ahora lo estamos pagando.

El Actuario Martucci expresa que lo que quiere dejar en claro para no generar incertidumbre es que el sistema no funciona mal. La metodología se usa mundialmente. La Caja no quiere quedarse con los recursos. El Plazo Fijo es muy aleatorio, insostenible en el tiempo y si la persona vive más de la cuenta, no le alcanza.
El Cr. Bertino pide la palabra, expresa que la Caja nace porque nadie quería pagar autónomos, era muy caro. A raíz de eso hay un movimiento de los profesionales para crearla, y la mayoría optamos por pagar la categoría más baja.

Indica que, está jubilado por ANSES, cobra la mínima y no llega a $ 51.000 ni con el componente de zona. También recuerda que por otro lado durante los primeros años no se aumentó el aporte. En conclusión, si se quiere una jubilación digna, hay que hacer un aporte digno. No se puede pretender cobrar con 22 años de aportes lo mismo que va a cobrar una persona cuando cumpla la totalidad de los años de aportes jubilatorios previstos para llegar a los $ 51.000.

Expresa que los que se trata es, que monto es el que cobro de jubilación, si es bajo, si es alto, si cobro más cuando pasaron esos 7 años, comienzo a cobrar menos porque cuando retiro los intereses es parte del capital porque está actualizado por inflación, entonces me estoy comiendo el capital.

El Cr. Aparicio pide la palabra e indica que siguiendo la línea de los que se están marcando los colegas, la herramienta en si misma es la que se tiene que usar para un sistema jubilatorio, lo aclaro el Actuario, para que un sistema sea sustentable. Si no, es un esquema de reparto, pero no tiene un fundamento técnico. Indica que hay dos puntos que marcó el Actuario que es la esperanza de vida, donde las bases estaban desfasadas y la rentabilidad. Con respecto a la rentabilidad que tal vez si defina el número, cual es la que se está tomando en los cálculos y cuál es el basamento de dicha rentabilidad. Porque eso puede modificar sustancialmente los cálculos y si se está equivocando el camino, se estaría pagando poco al beneficiario y engrosando en forma real el capital de la Caja y el beneficiario no lo va a ver nunca.

El Cr. Molinaroli pide la palabra e indica que era el presidente del Consejo en el momento que se formó la Caja y en realidad arrancaron por una gran presión de Bariloche y lo que se pretendía era no pagar los $ 245. Todos de más de 40 años y llegue a escuchar” a mí no me interesa la jubilación, me conformo con comer un asado cuando me toque” y ahora todos crecimos y la mayoría optamos por pagar menos, lo que ocurre es que todos perdemos un poco la memoria de lo que pasó.

Indica que está claro que con la proyectada que tiene el Cr. Riza Sebastián, no es para vivir holgadamente, por lo menos es razonable en función de lo que paga Autónomos.

El Actuario Martucci indica que el Cr. Aparicio dio en la tecla de toda la discusión, el cálculo tiene en cuenta dos aspectos fundamentales, uno es la expectativa de vida y otro es la tasa de interés técnico que se está utilizando.

La tabla que se usa se llama Gam 71 – es una tabla que se creó en EE. UU. en 1971, luego está la Gam 83 y la Gam 94, que son actualizaciones que fueron reflejando la mayor expectativa de vida de la gente. Más expectativa de vida, mas tiempo le tenemos que pagar, mismo monto para el cálculo, menos van a cobrar. Están desactualizadas.

El segundo punto, la tasa de interés técnico tiene que ser real para poder proyectar, independientemente de lo que pasa con la inflación y la historia.

Entonces decimos, cuanto va a rendir de acá en adelante, y la verdad es que el 4% termina siendo hasta alto, si vemos los resultados de la Caja, con suerte han alcanzado el promedio del 4% que está bien, pero no da mucho más. Una tasa de interés real es difícil de conseguir. Los bonos de EE. UU. dan el 1%. Hay Cajas que subieron la tasa de interés técnico al 5% y lo que hay que pagar a través del tiempo se achica porque los montos los traigo a una tasa más alta, aumento los beneficios, pero tomo una pauta de interés más alta con lo cual me exige que tenga que rendir al menos el 5% en términos reales. Luego los ajustes son menores.

La Cra. Morales consulta si en el monto de beneficio hay un monto mínimo que no sea menor al salario mínimo vital y móvil.

El Act. Martucci indica que en este esquema que es de capitalización no.

El Cr. Mazzara indica que coincide con todo lo que se ha explicado, pero insiste que se podría buscar otra alternativa. Los aportes son del afiliado, el hecho de que se le pague el capital no afecta a los demás afiliados. Si el punto es ese se tiene que buscar otra alternativa para que el dinero que aportó retorne.

El Cr. Sebastián Rizza le solicita al Cr. Mazzara que puntualmente exprese la ponencia, que figure en Actas para que el Consejo de Administración pueda realizar el respectivo análisis.

El Cr. Mazzara Indica que La propuesta es: sobre esa base que busquen un punto de equilibrio, capitalizar un 20% por 5 años y pagar al afiliado el 80%. Establecer un criterio de inversión, una metodología en función de lo que es la realidad actual, los fondos de los jubilados, se establece año a año un criterio, que lo establece la Comisión directiva, en renta fija para que la persona tenga previsibilidad, haya control y sean claros los fondos que se van a pagar y que se van a acumular, de ese total de la rentabilidad que se genera de los $ 93.000.000 que hay en el balance. Suponiendo que sea el 50%, un 70% u 80% se le paga al afiliado y un 20% o 30% se capitaliza, con lo cual la proyección queda superada, y depende de que se inviertan bien en renta fija esos fondos, va a tener mayor o menor rentabilidad el afiliado.

El Cr. Sebastián Rizza expresa que ha quedado plasmada la propuesta del Cr. Mazzara, la cual será elevada también la Comité de inversiones.

Luego también según lo que indica el Estatuto se le dará la respuesta correspondiente. Y a partir de eso, ver cuáles son los mejores escenarios para la disposición de los fondos de la Caja.

El Cr. Mazzara indica que también en el Estatuto se debería dejar abierta la posibilidad de que se liquide por la metodología de renta vitalicia previsional u otro tipo de metodología.

El Cr. Sebastián Rizza indica que eso no se puede tratar en la asamblea ordinaria. Primero se analiza la legalidad de los que se está proponiendo y a partir de ahí, se evalúa alguna modificación en asamblea extraordinaria.

El Cr. Perticarini indica que se debe prever para cualquier modificación si afectaría a los que ya están jubilados o pensionados o sería a partir de los nuevos jubilados.

La Cra. Ibáñez quiere dejar asentada la propuesta de que exista la alternativa de que los afiliados puedan retirar el fondo de capitalización.

El Cr Sebastián Rizza expresa que queda asentado en el acta y concluido el Punto 5: Tratamientos de las ponencias sobre las cuestiones de interés general para el mejor y más eficiente funcionamiento de la Caja Previsional.

Punto Seis

Asunción de nuevas Autoridades:

El Cr. Sebastián Rizza agradece a todos los que acompañaron los últimos dos años en el Consejo Directivo y Consejo de Administración que le toco asumir por motivos de fuerza mayor y por supuesto nos van a acompañar en este nuevo periodo, al personal de la Administración.

Asimismo, Agradecemos a los afiliados que participaron de la Asamblea, especialmente los que asistieron de otras localidades de la Provincia, deseándoles un buen regreso.

Finalmente expresa que más allá de las diferencias que son positivas y nos nutren, La Caja es una institución sana y quiere destacar una frase, “quien no conoce la historia está condenado a repetirla”.

Seguidamente nombra a las nuevas autoridades a pasar al estrado para asumir la gestión, deseándole mucha suerte en la misma y que cumplan sus expectativas y objetivos.

CONSEJO DIRECTIVO
Rizza, Sebastian Silvio
Góndolo, Sergio Daniel
Villa, Ignacio Javier
Quintero, Angela Rosa
Bertino, Miguel Angel
Rosso, Luciano Nicolas
Morón, Cesar Javier
Ansola, Esteban Alberto

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
Crespo, Silvia Beatriz
Fernández, Javier Manuel
Perticarini, Emilio G.
Rizza, Silvio Marcelo
Suarez, Gustavo Eduardo
Vicente, Daniel Antonio
Manuel, Miguel Ángel
Feldman, Miriam Beatriz
Franze, Miguel Ángel
Rosso, Ángel Gildo
Ortiz, Malena
Imaz, Eugenia Belén

COMISIÓN FISCALIZADORA
Giongo, Jorge Alberto
Castillo, Mariano Jesús
López, Izquierdo Laura Alejandra
Cali, Julio Matías
Molinaroli, Edgardo A.
Larrañaga, Sebastián Antonio

No habiendo más temas que tratar y siendo las 21:00 hs., el Cr. Sebastián Rizza, da por finalizada la Asamblea Ordinaria.